1.16.2009

LINEA I.C.O LIQUIDEZ 2.009

Características generales

Esta línea pone a disposición de los autónomos y las Pymes 10.000 millones de euros, de los cuales 5.000 millones son aportados por ICO y 5.000 millones son aportados por las Entidades de Crédito.

Vigencia:

Hasta el 21 de diciembre de 2009 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha indicada.
Clientes:
Autónomos y Pequeñas y medianas empresas, que según definición adoptada por la Comisión Europea en mayo de 2003, cumplan los siguientes requisitos:
• Menos de 250 empleados
• Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros
• No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresa que no cumplan los criterios antes citados
• No tener ninguna operación de mora con las Entidades de Crédito
Plazo de amortización:
3 años, incluidos 6 meses de carencia de principal.
Importe máximo de financiación por cliente:
El importe máximo de financiación será de 500.000 euros por cliente y año en una única operación.
Tipo de interés:
Tipo fijo medio de los dos tipos siguientes:
• Fijo, Referencia ICO, más el margen que se aplique.
• Fijo, Referencia Entidad de Crédito, más el margen que se aplique.
Se podrá aplicar a la operación uno de los tres márgenes siguientes:
• 1,50%
• 2,00%
• 2,50%





Comisiones:
0,40 % sobre el importe dispuesto.
Cancelación anticipada voluntaria:
Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar, en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes:
1.- Para operaciones que se encuentren dentro del ámbito de la Ley 41/2007, de regulación del mercado hipotecario: 0,50% flat sobre el importe cancelado.
2.- Resto operaciones: 1% flat sobre el importe cancelado.
Tramitación:
Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.
Documentación:
El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.
Garantías:
Cada entidad de Crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo:
• Hipotecarias
• Personales
• Avales mancomunados o solidarios
• Sociedades de Garantía Recíproca
Compatibilidad de ayudas:
Esta Línea puede estar sometida a la condición de “mínimis” de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras Instituciones, debiendo respetar los límites máximos en cuanto a la acumulación de ayudas pública establecidas por la Unión Europea.

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