5.30.2010

Reflexiones de un Ciego-Tozudo.-6-

-Pero señores politicos-gobernantes. Con lo listicos que parecian y lo tontos que nos han salido.

Los criterios de convergencia, o los criterios de Maastricht, son los requisitos que deben cumplir los estados pertenecientes a la Unión Europea para ser admitidos dentro de la Eurozona, y consecuentemente, para participar en el Eurosistema.


Los criterios vienen establecidos en el artículo 121 del tratado que establece la Comunidad Europea (Tratado de la CE).

En total hay cuatro criterios, el que se refiere a la estabilidad de precios, el que se refiere a las finanzas gubernamentales, el que se refiere a los tipos de cambio y por último el que hace mención a las tasas de interés a largo plazo.
A mi me interesa especialmente establecer una reflexión sobre el segundo de los criterios de convergencia descritos con anterioridad, Es decir, el referido a las “finanzas gubernamentales”.
Definido por el artículo 104 del Tratado de la CE, se establece que:
a) Por una parte el déficit presupuestario de las administraciones públicas no puede representar una cantidad mayor que el 3% del PIB al final de año precedente.

Excepcionalmente puede admitirse a un país con un déficit mayor del 3% siempre y cuando se mantenga cercano a esa proporción y se prevea que disminuya próximamente.

b) Por otro lado la Deuda pública no puede representar una cantidad mayor que el 60% del PIB.

Si la Deuda es mayor que un 60%, el país puede ser igualmente admitido dentro de la Eurozona siempre y cuando la trayectoria del ratio sea convergente y cercana al límite.

En la práctica este criterio es generalmente omitido a la hora de admitir a un país dentro de la Eurozona, pues en el momento de crear el Euro había muchos estados que no lo cumplían.

Si por otra parte tomamos de la Constitución Española, en vigor, actualmente en nuestro país
Se puede hablar de Estado español en el sentido de la realidad jurídico-política de España: el poder público, en sentido amplio.
Bien, pues una vez definido someramente el concepto de Estado, cuando éste, firma con otros entes homólogos un Tratado Internacional, se deberá entender de obligado cumplimiento para todos y cada uno de los ciudadanos, estamentos, organizaciones y/o agrupaciones que estén incluidas dentro de esta denominación.
No recuerdo yo que ninguna de las Comunidades Autónomas que pertenecen a la organización compleja del Estado Español, de acuerdo a la Constitución que nos hemos dado. No conozco, digo ninguna Comunidad que formalmente haya pedido ser excluida de la Comunidad Económica Europea sino, al contrario, intentan cada día estar mas conectadas con sus Organismos de Gestión y Gobierno de la misma CEE.
Llegados a este punto, este tozudo reflexor se plantea lo siguiente.
¿ En base a que acuerdo internacional entienden las Comunidades Autónomas que los criterios de Convergencia de la CEE no les son de aplicación?.
¿ En base a que acuerdo no escrito el Estado Central no tiene competencias sobre todos los organismos que a el le pertenecen como ganante de dicha definición jurídica frente a terceros, para que no ejerza ningún control –de todo tipo- que asegure el cumplimiento, en especial de los déficits que marcan los Organismos de la CEE.

Si se realizase una valoración clara y objetiva y se “obligase” a todas y cada una de las Comunidades Autónomas a cumplir con el criterio de convergencia que habla la CEE para todos y cada uno de sus miembros, se podría simplemente hacer la siguiente afirmación.
• No hubiese sido necesario aplicar absolutamente ningún recorte para controlar el deficit presupuestario.
• No serian necesarias ninguna de las medidas de ya famoso decreto aprobado de forma “vergonzante” el pasado día en la Cámara Baja.
Dado que en el Gobierno de las CC.AA participan prácticamente todas las formaciones políticas, pero en particular las dos que parece pueden tener capacidad de generar una alternativa de Gobierno. Yo simplemente les preguntaría. ¿ Por que no lo están haciendo?.
¿ Cuando van a dejar de practicar la demagogia con los votantes, con todos los votantes y nos van a decir la realidad de las cosas?.
¿ No se ven capaces de “controlar” cada una de las formaciones PSOE y PP de forma especial, a sus barones regionales que incumplen de forma sistemática los criterios de convergencia?.

Es en esta base anterior que yo les propongo una serie de medidas de fácil entendimiento, baratitas de ejecución y sencillas en su aplicación. Todo ello como previo a que tengan la poca vergüenza de convocar “los que pueden hacerlo” Elecciones Anticipadas, y presentarse “los otros” a que les votemos los que realmente ostentamos el poder de la Democracia en España, o sea los ciudadanos.
Sencillas medidas para los partidos mayoritarios:
1.- Se sienten de manera inmediata y sin cuestiones previas las cúpulas de los dos partidos mayoritarios PSOE y PP y “fundanse” en un Gobierno de Coalición que de “chance” al resto de formaciones políticas. Lo que se llama Gobierno de “Concertación Nacional”, ya que estamos inequívocamente en una situación de “emergencia nacional”. Lo entienden esto. Seguimos pues.
2.- Pongan allí, encima de la citada mesa de concertación sus mejores ideas para poder caminar de forma rápida y segura hacia la salida de la crisis. Crisis a la que nos han llevado –los unos y los otros-, pero sin que se oiga nada diferente de posiciones constructivas.
En este trabajo insisto, no se olviden de l resto de formaciones políticas de este país.
3.- En un plazo record, generen una propuesta “in extremis” de salida concertada de la crisis. Una serie de “acuerdos de Estafo” entre la clase política de este país, que no s permita volver a regenerar la confianza en Vdes.
4.- Formen a modo que se ha hecho en innumerables ocasiones un Gobierno que tenga la “confianza in extremis” de todos Vdes y pásenlo por medio de la forma democrática que arbitre nuestra Constitución, de forma temporal, con fines concretos y con la fuerza, serenidad y coherencia que se les debe suponer a quien se presento para representar a los ciudadanos de este país. Lo entienden. Pues seguimos y terminamos.
5.- Generan un acuerdo complementario a los anteriores, por consenso nacional , por medio del que sea fácil, rápido e implacable la posibilidad de juzgar –a todo aquel que meta la mano en la Caja-. Es sencillo, verdad.
Pues ya tardan ustedes en empezar a llamarse para convocar con carácter de urgencia esas reuniones. Los ciudadanos estamos esperando.
Cuando hayan demostrado un mínimo de coherencia, y crean oportuno para el país, convoquen Vdes consultas electorales, pero mientras tanto no nos vengan con ostias y pónganse a trabajar que en efecto para eso cobran.
Lo han entendido Vdes. Es muy sencillo. Ah y además tengan en cuenta que la ciudadanía no olvidamos y muchos de Vdes , aunque se presenten a las próximas elecciones con toda seguridad se Irán a su casa, porque la cara , la jeta que nos han demostrado es realmente infinita.


5.29.2010

Relexiones de un Ciego-Tozudo.-5-

¿ Porque hemos llegado a este punto de destrucción del tejido social en España?.

Si nos ponemos a analizar la situación de nuestro país en las dos ultimas décadas, teniendo en cuenta la relativización del periodo transcurrido y, por supuesto la situación económica.

Se puede observar que por encima de los propios avatares de las circunstancias del momento; mas o menos graves. Que por encima del color político del Gobierno que venga ostentando el poder. Por encima de todo eso, “la moral política” de los ciudadanos se esta poco a poco desmoronando.

Este asunto es muchísimo mas grave que la propia crisis económica –que lo es-, que el desempleo –que lo es-, etc etc.

Y es que creo que esta desestructuración del ciudadano como parte de la sociedad, tiene a los anteriores como partes “culposas” de la situación, pero sin duda que los resultados de la estructura política que con la Transición nos dimos, el desarrollo equivocado –a mi juicio- de las Comunidades Autónomas ; la deriva injusta de la aplicación de la Ley Electoral, el Control exhaustivo que la política ha ejercicio sobre el resto de poderes del Estado y, con toda seguridad toda una serie de factores complementarios de los anteriores son realmente los componentes de ese “caldo de cultivo” de tan difícil retroceso en relación con el problema objeto del presente articulo.

1.- Las –Comunidades Autónomas son un poder del Estado que siempre debió ser complemento del Estado Central y no confrontado al mismo.

Se empezaron diversificando los accesos a las diferentes Autonomías, en razón de lo que se vino en llamar Autonomías de 1ª y de 2ª. Esto ya consagro una serie de privilegios totalmente arbitrarios que ya nunca han podido ser corregidos.

Privilegios en cuanto a competencias transferidas, dotación de las mismas e incluso criterios de diferenciación que nos han llevado a figuras “esperpénticas” como la contratación de traductores para las Sesiones de la Cámara Alta.

Se ha potenciado las diferencias como signos de perfiles pseudo independentistas, a modo de una especie de Estado Federal, que en Nunkun momento se estableció en la Constitución.

Se han duplicado muchísimas de las competencias, de los servicios que se venían prestando al ciudadano, pero no para conseguir una mejora de los mismos sino una duplicidad en la gestión de los mismos, que complican terriblemente los procedimientos y que en muchos casos disminuyen el “liquido” aplicable al servicio en base a un aumento de los organismos de gestión de los mismos.

Se establecen nuevos derechos que “a priori” deberían ser una mejora en la calidad de vida de los ciudadanos, tales como la Ley de la Dependencia, ambiciosa, novedosa y necesaria. Pero que luego tiene una aplicación “manifiestamente mejorable” como consecuencia de las luchas políticas de los reyes y reyezuelos de los diferentes reinos de Taifas que son las CC.AA.

Detrás de ellos y en vez de tener un desarrollo de la Ley, sencillo , rápido y sobre todo eficaz, dado además que estamos hablando de la parte del tejido social mas desfavorecida –los dependientes-, pues se eternizan los procedimientos y se entremezclan competencias entre el Gobierno Central –legislador-, las CC.AA –colegisladoras- las Diputaciones Provinciales –titulares de algunas competencias en el sector-, las Delegaciones del Gobierno, las comarcas- asistentes sociales- y los Ayuntamientos.

Y mientras todas estas “cabezas pensantes” se nos ponen de acuerdo, además de consumir una gran parte del presupuesto destinado para dar el servicio al dependiente, éstos tienen que seguir fundamentando sus cuidados en –sus familiares y allegados-, porque la media de tiempo desde que se solicita la inclusión en el sistema hasta que se percibe la primera ayuda pasa de 18 meses. Según datos de la semana pasada.

Y que hace el dependiente, discapacitado o no, abuelo o no, minusválido o no. Pues simplemente “joderse”, conformarse con una deficiente atención –que sin duda es la mejor que les pueden dar personas no preparadas, como son sus familiares- y, si tienen suerte y aguantan a que el peso del Estado, de los diferentes Estados se pongan en “funcionamiento” pues quizás dentro de casi dos años, conseguir una atención mejorada en base a sus necesidades de dependiente.
A lo peor, simplemente “morirse” y expediente resuelto.

Esto me lleva a la opinión de que es curioso que estas demoras no le preocupen a la flamante Ministra de Igualdad, que se ocupa de “otras tareas sin duda mas interesantes”.

Pero tampoco parece importarles a las Comunidades Autónomas, que además de duplicar el procedimiento, luego ceden la gestión directa del servicio a “las Comarcas” con deficiente financiación y ninguna gestión política.
Por fin están las Diputaciones que manejan muchísimos fondos a mayor gloria de sus Presidentes y Corporaciones y a los Ayuntamientos que no se sabe en muchos casos si practican la caridad o la solidaridad.

Los Estados desarrollados, viendo el fiasco de los regimenes comunistas se llenan de argumentos de que hay que hacer funcionar al mercado, de que el Estado tiene que se mínimo y eficiente. Pero es curioso que en legislaciones de nuevo diseño como es la Española-30 años-, hemos generado justo lo contrario.

Con la particularidad además de que, por una parte estamos cediendo competencias a la CEE y por otra las estamos cediendo o duplicando con estos inventos de nuestro curso.

¿A donde vamos por este camino?.
¿Seremos capaces como país de aguantar este nivel de gasto e ineficacia?.
¿Cuando los Administrados, de todo pelaje, vamos a –poner las cartas sobre la mesa- y exigir de forma urgente una adecuación de los medios a los sistemas?.
¿ Es el Estado quien debe servir a los ciudadanos, o somos los ciudadanos que debemos estar al servicio del Estado?.
¿ Porque no existe un debate –nacional- de estos temas que son los causantes de toda una serie de “fiebres” nefastas para nuestra sociedad ?.

5.23.2010

REFLEXIONES DE UN CIEGO-TOZUDO.-4-.

Porque no se aprovecha la Intervención de Cajasur por el Banco de España, para empezar con la nueva Banca Publica “.

Desde que surgió el descalabro financiero en EE.UU que se ha convertido en el principio de la mayor crisis globalizada que se ha conocido en nuestra civilización. Quizás también haya sido la 1ª post-globalización.

Bien, como consecuencia de éste hecho creo que nos hemos dado cuenta –muchos- de la gran falta en nuestro país de la llamada Banca Pública, -regalada hace unas décadas a la Banca Comercial-.

El papel de la Banca Publica no debe ser el de hacer competencia a la Banca –Cajas y Bancos- establecidos en nuestro país.

Debe ser una Banca minima en su estructura pero capaz de llegar a cualquier punto de la geografía.
Debe ser una Banca tecnificada que sea la que ejecute las opciones políticas en materia financiera, cuando estas sean necesarias.

Debe ser un mecanismo rápido y eficaz que asegure que –nunca- mas deje de haber crédito que financie nuestra pequeña y mediana empresa que, en nuestro país es la responsable de la generación de mas del 85 % del empleo total en España.

Lógicamente, incluyo a los autónomos en este sector empresarial.

Es decir estoy hablando de la Banca que administre -gran parte de los fondos ICO-.

Dado que se esta dando casos como el de hoy mismo, de que el Banco de España haya intervenido la Administración de Cajasur.

Se podría aprovechar para –desgajar- la parte comercial y mantener como -embrión de futuras anexiones-, que las habrá, a la nueva Banca Pública.

Conste que no se esta proponiendo proceder a la nacionalización de nada, sino que dado que esto le costara dinero al Estado de una u otra forma. Se podría empezar a dar solución a un tema que ha sido -el responsable de varios cientos de miles por no decir millones de puestos de trabajo en nuestro -peculiar- país.

La economía no se va a recuperar hasta que no se recupere el consumo, que a su vez no se vera aumentada de forma sostenible hasta que no haya generación real de empleo.

En este momento hay miles y miles de pequeñas empresas y miles de autónomos que se han quedado simplemente sin “circulante” para poder funcionar.

Esto seria el “embrión” que tutelara para el futuro que esto no va a volver a ocurrir y que -si ocurriese-, tendríamos el mecanismo adecuado para que las políticas del Gobierno no sirvan para lo que han servido en este año. Para sanear los Balances de las Entidades Financieras, sin que el dinero haya vuelto al mercado.

5.22.2010

REFLEXIONES DE UN CIEGO-TOZUDO.-3-.

De las correas de transmisión; del control del poder económico en España”.

Este ampuloso titulo se me hacia necesario para poder “centrar” el tema que pretendo poner en cuestión.

Es cierto que fue “casi admirable” la transición española, aunque visto con un poco de perspectiva -existen asuntos- como el terrorismo, como la memoria Histórica, como el “cambio” en la Justicia, o mas bien en quienes la administran que dejaría bastantes “flecos” donde criticar.

Pero –en conjunto- creo que el Balance es francamente positivo.

Se reorganizo de forma realmente novedosa el Estado en Estado Central + Autonomías. Se realizo una especie de “parto de los montes” dando a unas y negando a otras una serie de derechos que –creo todas deberían disponer-.

Se transfirieron la mayor parte de competencias de temas tan esenciales como la Sanidad o la Educación además de otros, etc, etc.

Yo, que algo intervine en la Comunidad Autónoma de Aragón en aquella legislatura 1ª después del “descabezamiento” de nuestro Justicia –siglos atrás-; nunca mejor dicho lo de descabezamiento.

Bien pues cuando te leías aquellos “tochos”, entendí que había una cuestión que era la “coordinación” entre territorios Y la -Inspección General- que el Estado Central nunca se deshizo de ella. Todo ello “en aras” de que se mantuviera la cohesión entre Comunidades que comparten un mismo Estado Central, etc etc. Lo que se dio en llamar “la Alta Inspección”.

Yo no se si es que los “altos inspectores” de las diferentes materias están –en baja por depresión-, que quizá al Estado Central se le olvido convocar sus plazas. O simplemente que están, cobran, pero no ejercen.

De esta forma estamos viendo de forma continua los -desgarros de las diferentes legislaciones-, en las que no existe coordinación –central- , “que no dirigismo central”. Cada ley lo que hace es regular derechos y/o obligaciones de los ciudadanos sobre los que tiene su ámbito de aplicación.

A cualquier persona, creyente del Estado actual de las Autonomías, le debe parecer bien que todos los ciudadanos del territorio español, con independencia de su lugar de residencia tengan derechos y deberes parecidos, en lo esencial.

Pues evidentemente vemos cada dia que no es asi. En una Comunidad tienes un determinado “catalogo” de prestaciones sanitarias y en la de al lado otro.

En una CC.AA tienes una determinadas bases, que se supondría deberían -ser objetivas- en relación con los temarios de la educación y en la de al lado otro. -El Ebro creo que sigue surcando por donde siempre fue. Nace. Discurre y desemboca en el Mediterráneo.

Pues –a veces- viendo los diferentes textos -pudiera antojarsenos- que, aparece en una Comunidad, lo estudiamos de forma exhaustiva mientras discurre por nuestra Comunidad y……. desaparece en cuanto cruza los limites de la misma.

Es, el anterior, un ejemplo que –por obvio- y exagerado solo pretende “ilustrar” mi afirmación”, no mantener la adecuacion del ejemplo.

Bien, pues mientras esto ocurría y quizás por la deficiente Ley electoral, que otorga privilegios a determinados territorios, que luego cambian “por derechos o rentas” dependiendo de las necesidades “de votos” que el Gobierno de turno va necesitando.
Por esta y seguramente otras causas en las que no voy a entrar, se ha instalado la “desigualdad” entre Comunidades. Se han instalado los “privilegios” entre ciudadanos dependiendo de donde vivan.

Como ejemplo pondré uno sencillo. En los últimos presupuestos , los apoyos mas decisivos –al Gobierno-para la aprobación de la Ley que los ampara fueron los del “Grupo vasco”. Territorio que tiene el llamado “cupo vasco” que hace que -no le sean de aplicación- éstos presupuestos Generales del Estado en la mayor parte de sus actividades transferidas .

Es decir, que quien “decide” una determinada política económica es aquel que no se va a ver “influenciado” por ella.
Claro que esto que es -perfectamente democrático-, no se si es -perfectamente ético- y sobre todo si no -pervierte en su esencia- la propia idea de democracia.

Bueno pues por fin llego al “nudo” de –mi cuestión- en este articulo.

Hace pocos días se le “llamo a capitulo” al presidente Zapatero a la CEE. Y como dijo el líder de la oposición –le cantaron las cuarenta-.
Consecuencia de lo anterior, el Gobierno debió hacer justo la política contraria a la que venia “diciendo que realizaba”. Pero sin entrar en ello hoy, lo que me -llama poderosamente la atención- es que “la capacidad de presión” en asuntos político-económicos que la CEE tiene sobre el Gobierno Central. Este no la tiene sobre las Comunidades Autónomas.

Y, de forma “quasi” automática, el presidente Revilla de Cantabria se pone en la zanja y amenaza con los males del infierno al Gobierno Central si retrasa “un dia” determinada inversión.
La Presidenta de Madrid, dice que con ella no va el asunto porque tiene “sus razones”, el de Valencia dice que con lo mal que lo esta pasando por la deficiente financiación que tiene la Comunidad, tres cuartos de lo mismo.
Cataluña dice que siempre le toca a ella, etc, etc.
Y así curiosamente casi todas, o todas las Comunidades Autónomas que están gobernadas por políticos de diferente “partido” que el de gobierno.
Y digo casi siempre porque no siempre es así.

Y vemos con gran perplejidad que esa “correa de transmisión” que en el caso europeo estaba debidamente engrasada, hasta el punto de hacer -suicidarse políticamente- a un Gobierno. Esto no se cumple en el caso de transmitir “la orden” a las CC.AA.

Este asunto, que realmente es esperpéntico, que de seguir en su empeño va a tener consecuencias importantes, para -el país- en el que se incluyen –aunque parece que no lo quisieran- todos los “reinos de Taifas”. 17 en total.

Esto nos lo deberíamos “hacer mirar” porque no esta claro. Y yo digo ¿ Donde esta la “Alta Inspección” de los diferentes Ministerios.

- Existe.
Y si existe porque no funciona.

- No existe.
Y en ese caso porque no se ha puesto en funcionamiento.

Me gustaría que alguien me explicase este asunto, porque parece que todo esto de –la alta coordinación- se lo hubiésemos transferido al –inoperante- Tribunal Constitucional. Que creo que esta para –otras cosas-, que por cierto -tampoco cumple-. Pero esa, amigos, esa es otra historia. Vaya tropa.

5.21.2010

REFLEXIONES DE UN CIEGO-TOZUDO.-2-.

-Porque la provincia de Teruel, siempre estamos por debajo de los “rankings” nacionales en cuanto a desarrollo -

Después de mucho cavilar durante años , después de haber estado implicado tanto personal como políticamente en intentar –un cierto cambio-; no me queda mas remedio que darle la razón a un antiguo gobernador de Teruel que me decía. –Cada pueblo tiene lo que se merece-.

Y debe ser cierto porque, aun estando convencido de la certeza del “efecto mariposa”, creo que en nuestra zona esto no se da por existir un –apantallamiento- por la parte Noroeste, por el puerto de Paniza y en la zona suroeste la bloqueo “debe venir” por los puertos de Morella y Ragudo.

Y es hecho comprobado que, se da una especie de anticiclo “cultural-mental” que impide, sea cual sea su intención o filiación política y/o ética, impide “de facto” que se de “la especie” de líder que aglutine voluntades en favor del desarrollo de nuestro gran aunque despoblado territorio de la provincia de Teruel.

Esto se viene dando de forma histórica. Se viene apreciando mas que en el resto de Aragón esta política del “perro del Hortelano”, estamos contentos con aquello de “que inventen otros” y filosofías de este “pelaje”.

Es mas, he apreciado que se da incluso con “ilustres” triunfadores en la política o economía nacional, que –pa Teruel no nos valen-. Léase Sr. Pizarro y otros ilustres presidentes del Gobierno de Aragón u otros cargos.

Claro y dándole vueltas al asunto “que no es menor”, te encuentras en que debido a la -despoblación brutal- de la provincia en el siglo XX, la endogamia provincial ha sido mayor que en otras zonas “de aluvión” de personas con la Fusion de todo tipo de culturas que iban generando una –mezcolanza positiva - de mentalidades, además de la que propiamente iba generando el desarrollismo industrial del ultimo tercio del citado siglo XX.

Por tradición en ese tiempo citado ,el poder ejercido por los padres/abuelos de las generaciones en edad de intentar proyectos de futuro y aun cuando este tiempo supuso unos enormes cambios de difícil “digestión” (sumaron negatividades) e hicieron que los proyectos empresariales perdieran el “tren” de la oportunidad y además –esta generación-fuera “pasto” de los intereses de las industrias anexas a las agropecuarias, siendo manipuladas por estas y “dotándolos” de un inútil y excesivo coste en maquinaria, técnicas de cultivo, nula y tardía mentalización cooperativa, etc, etc.

Al mismo tiempo y como nuestra población siempre ha gozado de un alto porcentaje de “tercera edad” que han disfrutado afortunadamente de excelente salud. Esta provincia tradicionalmente ha sido un excelente “coto de pesca” de pensiones, de -ahorros familiares a costa de vidas en muchos casos miserables- en cuanto a nivel de vida, de -plazos fijos especulativos- y deshonrosos para las Entidades Bancarias que han “ordeñado” al territorio para llevar fuera de el estos fondos y especular en la costa ,etc –Véase desarrollo de las Cajas de Ahorro en Teruel-.
Ha sido pues una mina de extracción de fondos, de pasivos que invertir en otras zonas


Aunque desde el punto de vista geográfico estamos en medio de casi todos los lugares de mayor desarrollo de España.
• Entre el Pais Vasco y la Costa Levantina.
• Entre la Comunidad de Madrid y la Cataluña Sur.
• Entre el Sur de España y Francia por el Interior.

Pues todas estas posibilidades geográficas, en la provincia de Teruel, solo la han convertido en –zona de paso- y nunca en zona que arbitre el auge entre zonas, mediante el desarrollo de industrias en nuestra provincia.

Tenemos –p. ejemplo- zonas de minería extractiva de Hierro, en Ojos Negros, y se hizo un ferrocarril minero que lo ponía en el Mediterráneo; en el Puerto de Sagunto, población creada –ex proceso- para el desarrollo de una de las mayores zonas metalúrgicas del pais, hasta que en los años 90-92 vino su declive.

Siempre me pregunte -que ventaja tenia llevar el material en bruto- , con el posterior regreso de la escoria y cenizas; su correspondiente transporte para luego por medio de barco y/o ferrocarril distribuirlo a sus puntos de transformación.

Siempre he creído que hubiese sido económicamente mas viable realizar la transformación y elaboración del material de Hierro -en el mismo territorio de la extracción- y luego mediante la conexión ferroviaria realizar la distribución incluso al propio puerto de Sagunto.
Eso que sin duda fue en su tiempo una “apuesta política”, demuestra la falta de “energía política” de los propios políticos de Teruel.

Esto que es de Enseñanza Básica, solamente por los kilos a transportar, ha hecho que una zona este desierta –Ojos Negros- y la otra , aunque con profunda crisis, tenga una gran población establecida –Puerto de Sagunto-. En muchísimos casos procedente de nuestra provincia.

Como este, existen decenas y decenas de incongruencias políticas ,que solo pueden ser debidas a que , tanto los políticos de Teruel entre los que me he incluido en alguna época de mi vida, como la población de Teruel, los técnicos y los no técnicos, los jóvenes y los viejos –somos así-.

Estoy convencido de que, -de no existir este equilibrio- se habría desarrollado “algún” tipo de grupos que generasen una economía que hubiese hecho “volcar” el tren de la Historia hacia un mayor desarrollo de nuestra provincia.

Para ilustrar y terminar con este asunto, -para mi doloroso-, por tener que reconocer -mi total incapacidad- para haber conseguido movilizar -ni un ápice a mis coetáneos-, pondré solo un ejemplo además de índole personal, o mejor aún familiar.

Entre mis dos abuelos, al que mas conocí, fue a Miguel a quien en mi pueblo se le consideraba “hombre cabal”, de forma que era el muchos casos el –agrimensor- que marcaba lindes, valoraba tierras, etc.

Doy este dato para que el lector “ubique” a esta persona ; además de que fuese mi abuelo, circunstancia que no tendría demasiada importancia, mas Allah de mi familia ,como perteneciente a una cierta intelectualidad dentro pueblo. Fuentes Claras, con 1.300 habitantes el año de mi nacimiento 1.958 y 450 –mal contados- en nuestros dias.

Bien, pues al hecho es éste. Mi abuelo Miguel tenia “sus perricas” en el Banco Zaragozano y entonces la -ahora IberCaja- empezaba su andadura y por ende a interesarle los “pasivos” de los abuelos, para poder financiar sus inversiones – casi siempre fuera de la provincia-, y le ofrecieron la posibilidad de realizar lo que ahora se llamaría “la portabilidad” de sus ahorros de toda la vida de uno al otro banco. Lógicamente mejorando los réditos de dicho “pequeño capital”.

Mi añorado abuelo, dijo -de forma meditada y solemne- además de rotunda, que consideraba que en el primer Banco de daban “suficiente” por su dinero y que, dado que había -comprometido su palabra- con el Sr. Director de la sucursal, no le parecía adecuado faltar a su palabra. Estaremos hablando de 1.975 aproximadamente.
Cuanto me acuerdo de mi abuelo cada vez que entro a un Banco o Caja.

Ppbrecico si levantara la cabeza. Hablar en lenguaje bancario de los términos “suficiente” y “palabra” es simplemente del Pleistoceno, aunque hace poquísimas décadas.

En este momento, en mi pueblo hay otro alcalde, hemos afortunadamente cambiado de “régimen político”; hay mas televisores, tractores y coches incluso tenemos Internet.

En vez de 1.300 habitantes, rondamos los 450.

El pueblo huele a granjas de cerdos –de integración claro-, la agricultura es una ruina y la ganadería esta en manos externas, aunque el –toxico y maloliente purin- se lo “toman” por entero nuestras tierras.

La concentración parcelaria que se empezó hace mas de 30 años esta sin terminar.

-Agua- solo me remito al nombre, Fuentes Claras. Nunca conocimos la sequía en la “vega” del pueblo. Pero no se sabe que plantar en “estos regadíos” y además no hay jóvenes para poder gestionar las explotaciones. En todo caso y si los “hubiere” no podrían vivir de ella. En los años citados anteriormente eran varios los millones de kilos de patatas que se criaban, de remolacha azucarera, machismos kilos del escaso y laborioso azafrán.

En cuanto a fabricas tenemos un Centro de Trabajo de una multinacional que, aunque interesante, solamente cuando necesita mano de obra barata es cuando da trabajo. En cualquier caso no transforma nada que se extraiga del territorio, por lo que el riesgo de “deslocalización” es siempre importante estando “al albur” de los resultados economicos.

Teníamos y digo teníamos porque están todos ellos “cerrados” varios mataderos en la provincia y en especial en la zona de la que hablo –Jiloca-.

Teníamos varios mataderos que permitían garantizar el “arraigo” de explotaciones ganaderas de ovino, por nuestra excelente calidad en la carne de cordero.
La existencia de mataderos próximos permitía un desarrollo importante los secaderos de jamones, de cerdos que se criaban en los mismos territorios en los que luego los jamones se curaban.

Todo ello ha desaparecido, -los mataderos-, y desaparecerá con el tiempo, -los secaderos-. Y con ellos la población, la escasa población que queda.

Mientras tanto nuestra numerosísima clase política que hace. NADA. Es decir lo mismo –que siempre-.

Esto demuestra que el -efecto mariposa- esta siendo paralizado -como decía- por el puerto de Paniza por el Norte-noroeste y por el Ragudo en el Sur.

Ahora eso si;

Tenemos la A-23 que te permite pasar a “toda leche” desde Castellon a Zaragoza y de ahí al resto del mundo.

Tenemos la línea de Gran velocidad que permite unir los trenes desde Valencia a Zaragoza e incluso a Huesca pero en la provincia de Teruel -solo para, ahí en la capital-. Aunque el kilometraje dentro de la provincia pasara de 180 kilómetros.

Al tren medio rápido no podemos “subir” pero –eso si- tenemos una pista de aterrizaje en Teruel que creo que es de las mas largas de España. No se quien va a aterrizar ahí pero estar esta. Y un polígono industrial –Platea- en el que nos cogen la mitad de empresa de la CEE.

Enfin; esto y muchísimo mas que podría contar Yo afirmo que no es debido a “los demas” – que también- es simplemente debido “a nosotros”. Somos así.
Somos aragoneses y tozudos respondiendo al fenotipo clásico.
Quizás nos deberían prohibir “mezclar” nuestros genes con “gente forastera” y protegernos como -especie en extinción- porque además; ser lo que se dice ser, no pasamos de 115.000 personas. De ellos mas del 65 % pensionistas. Vaya tropa.

5.20.2010

REFLEXIONES DE UN CIEGO TOZUDO.-1-

La verdad es que pensándolo bien, esto de la Huelga General convocada por los Sindicatos; estos que los diferentes medios de comunicación nos ponen –al corriente- de algo que nos imaginábamos pero que no teníamos “Tan crudo” puesto sobre el papel.
Hablo de la “cuantía de subvenciones”. Solo me gustaría que "alguien" me hiciera la siguiente cuenta; -me apetecería saber- “la ratio” de coste por afiliado real de los miembros de estos “entes” que -no representan- a los parados porque no se les ha oído hasta ahora ni parce que llevan prisa alguna para llegar a ese –esperado- acuerdo social que consiga que -a “los empresarios que se sientan con ellos” y que de hecho son tan representativos como ellos –o sea , nada-; pues que a estos señores “les de por ahí” de contratar a trabajadores.
- Que tampoco parecen representar a los inmigrantes, puesto que nada se ha oido "sustancial" a su favor. y
- Que parece que tampoco les preocupan "los jovenes" porque hasta ahora incluso con la "burbuja" economica de estos años atras han aceptado "contratos basura" para ellos -1ª empleo- y sobre este colectivo ahora - ni se les ve ni se les espera-.

Bien, pues volviendo –a la Huelga-; que seguramente sobran motivos para hacerla, pero no ahora. Hace varios trimestres.
Pues me imagino yo, en mi profunda ceguera; en una calle ancha, en la una acera a los jóvenes -sin primer empleo- que no han conseguido todavía un trabajo mirando hacia la calzada central, al otro lado de la acera a los 4 millones y pico de parados que ven como -cada mes les queda menos tiempo de paro- y cada mes peores prespectivas de encontrar un nuevo trabajo..

Y por el centro con la -camisa de sindicalistas-, a los millones -20 %- de asalariados públicos; es decir, "funcionarios" pidiéndoles a todos los demás, en especial a los de las dos aceras, solidaridad con ellos -porque aunque tienen el sueldo garantizado sin contraprestación de rentabilidad alguna.

Seguramente no por su culpa sino por falta de “eficacia” organizativa.

Pues eso, pidiéndoles solidaridad a toda la clase trabajadora porque les van a bajar el 5 % del sueldo.
Delante -vlaro, para la foyo-los jefes de estas organizaciones "paniaguadas" por el Gobierno y quizás detrás para terminar la manifestación los “Coros y Danzas de la Sección Femenina”.

Simplemente y como pie de foto un texto cortito “Spain is different”. Eso si en ingles, que es un ifioma que todos -menos nuestros dirigentes entienden.Vaya tropa.

4.23.2010

El Caso de los Niños Perdidos del Franquismo

Crimen Contra la Humanidad

Autor: Rodriguez Arias, Miguel Angel
Año: 2008 Editorial: Tirant lo Blanch
Páginas:436 ISBN:9788498763034
________________________________________
La reciente condena de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa a la dictadura franquista, el pasado 17 de marzo de 2006, supuso el primer reconocimiento internacional del denominado caso de los niños perdidos, hijos de presas republicanas arrebatados a sus madres y cuyos apellidos fueron modificados para permitir su adopción por familias adictas al régimen; pero también niños impunemente secuestrados en Francia, y otros países para su "reintegración a la patria", todavía en los cincuenta.

Niños muchas veces buscados por sus hermanos y familiares durante décadas, pero que siguen desconociendo, aún hoy, su verdadera identidad al igual que en los casos de las Abuelas de Plaza de Mayo, en Argentina, o del robo de niños aborígenes de las Stolen Generations en Australia.

Más allá del silencio por parte de la reciente ley "de la memoria" de 26 de diciembre de 2007, el presente estudio abordará la calificación jurídica de estas conductas como crímenes de lesa humanidad de desaparición forzada de personas, en su modalidad agravada infantil, - su marcado carácter de género corno represalia, aún vigente, a toda una generación de mujeres por su compromiso con la democracia, o la injerencia en la vida privada y familiar de estas personas y en su derecho de educar a sus hijos conforme a sus creencias, por parte del naciona[catolicismo obligatorio, entre otras cuestiones de insospechada actualidad -, así como el análisis de los incumplidos deberes de España de:
a) interrumpir la consumación permanente de estos crímenes revelando el paradero de los niños tomados en su día bajo la tutela del Estado,
b) dar normal cumplimiento a las obligaciones internacionales de reparación e indemnización, en todas sus formas, a familiares y niños perdidos localizados, pero también a los familiares de los aún sin localizar por omisión de las funciones del Estado, y
c) enjuiciar a todos los responsables de estos crímenes internacionales no prescritos en virtud del mismo legado de Nuremberg que, todavía hoy, continua llevando a los tribunales a los últimos fugitivos nazis.


Introducción. En el país de los niños perdidos

PARTE I
El olvido y la impunidad

Capítulo I
Los niños perdidos en la condena del Consejo de Europa de 17 de marzo de 2006 y en los estudios: modus operandi de un crimen de Estado

Capítulo II
"Cautivo y desarmado": La olvidada cuestión de la eugenesia racial de la hispanidad como elemento del mens rea en la mayor desaparición forzada infantil perpetrada en Europa

Capítulo III
Nuremberg descongelado: De la incriminación de la conspiración de 1921 para el apoderamiento de la República de Weimar a la de 1936 contra la República Española

1. El olvido del originario alcance jurisdiccional de Nuremberg a los "países europeos del eje" y de su Cargo I

a) El olvido del originario alcance jurisdiccional del Estatuto de Londres a los "países europeos del eje"
b) El olvido del Cargo I de Nurembergy de la Control Council Law 10: la perseguibilidad de hechos posteriores al 30 de enero de 1933

c) ¿Incriminación internacional del Decreto Noche y Niebla de Hitler de 7 de Diciembre de 1941 pero no de la Ley de desaparición infantil de Franco de 4 de Diciembre de 1941?

2. La previa conciencia de la antijuridicidad a la luz de la Cláusula Martens de las Convenciones de la Haya 1899 y 1907, y del Código Penal vigente en 1936

a) Consideraciones previas: Nuremberg como acta constitucional de un nuevo Programa penal internacional de Defensa Social de la Humanidad
b) La conciencia previa de la antijuridicidad de la perpetración de actos inhumanos a la luz del Derecho de la Haya de 1899 y el Derecho penal interno

c) Conciencia previa de la antijuridicidad de los actos inhumanos a la luz de la ratificación española de la Cláusula Martens en 1900 y los juicios de Leipzig y Estambul tras la I Guerra Mundial

d) Clausula Martens y nullum crimen sine lege en materia de crímenes de lesa humanidad: los pronunciamientos Papon contra Francia y Kolk Kislyiy contra Estonia del TEDH

e) Conciencia previa de la antijuridicidad de la sustracción de menores a la luz del CP español de 1932


3. ¿Nuevas perspectivas de "responsabilidad por el mando" de las autoridades del Estado Vaticano con ocasión del anómalo ejercicio de funciones de vigilancia penitenciaria?


PARTE II

Interrumpir el crimen
Capítulo IV

¿Dónde están los hijos de los Defensores de nuestra Segunda República?:

La obligación internacional de España de interrumpir la consumación de estos crímenes

1. Doble trascendencia penal e internacional del carácter permanente del crimen de desaparición forzada de los hijos de los Defensores de la Segunda República española

a) Consecuencias del carácter permanente de la desaparición forzada de personas en términos de responsabilidad penal individual

b) Desaparición forzada como delito de consumación permanente: aplicabilidad de la última ley entrada en vigor durante la consumación en idéntico sentido al º 2.2. StGB

c) ¿Terminación de la consumación permanente por envejecimiento natural de la víctima directa más allá del umbral de edad expresado en el tipo?

d) La revelación de la verdad al desaparecido, y de su paradero a su autentica familia biológica, como forma de terminación de la consumación permanente

Consecuencias del carácter permanente de la desaparición forzada de personas en términos de responsabilidad internacional del Estado

2. La Sentencia Velásquez Rodríguez contra Honduras de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la diligencia debida del Estado ante la desaparición forzada
3. Diligencia debida del Estado y obligaciones derivadas del marco de tutela internacional de la infancia

4. Reconocimiento de la condición jurídica de víctima de los familiares de los desaparecidos y cese inmediato del trato inhumano por parte del Estado español

a) El sufrimiento de una vida a la espera como trato inhumano determinante de la posición jurídica de víctima de los familiares
b) El reconocimiento de los familiares como víctimas de la desaparición forzada de personas en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
c) El reconocimiento de los familiares como víctimas de la desaparición forzada de personas en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
d) La recepción de la condición de víctimas de los familiares en los instrumentos internacionales de derechos humanos

e) Más allá de la compasión del Estado: el sufrimiento de una muerte en la espera como trato inhumano especialmente cualificado hacia los familiares de los desaparecidos del franquismo


5. El crimen de los niños perdidos como forma de pena inhumana, cruel y degradante de separación materno-infantil a perpetuidad: la exigible diligencia del Estado en su terminación

6. Diligencia debida y cese inmediato de la injerencia estatal arbitraria en el derecho a la vida privada y familiar de estas víctimas

7. La grave privación de elementos esenciales de la propia identidad como condicionamiento estatal ilegítimo del derecho al libre desarrollo de la personalidad ex artículo 10.1 CE
PARTE III
Reparar el daño

Capítulo V
¿Hacia un Banco Nacional de Datos Genéticos siguiendo la experiencia de Argentina, Guatemala y El Salvador?:

La vigente obligación de reparar pese al olvido de los niños perdidos en la ley "de la memoria"

1. La lucha de las familias como antecedente: de la pretendida "privatización" de la tutela de los derechos humanos de estas víctimas a la conquista judicial de los ministerios

2. Más allá de sucedáneos domésticos. El pleno alcance del deber internacional de reparación: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición

3. Restitutio in integrum como principio rector reparatorio en materia de ilícitos internacionales

a) Restitutio como localización del paradero de los niños perdidos, y de los restantes desaparecidos, a la luz de los casos de Argentina, Guatemala y Salvador

a.1) La consagración jurisprudencial de la obligación de creación de una Base Nacional de Datos Genéticos en los casos de los niños perdidos de Guatemala y Salvador

a.2) La experiencia del Banco Nacional de Datos Genéticos de Argentina en funcionamiento hasta el 2050 y la CONADI como precursores del modelo de restitutio estatal "a dos órganos"

a.3) La cuestión de la practicabilidad coercitiva de los análisis compulsivos de ADN tras el fallo "Vázquez Ferrá" de la Corte Suprema Argentina

a.4) ¿Modelo internacional de "restitutio in integrum del Estado" vs modelo franquista de "auto restitutio familiar" ex artículo 13 de la "ley de la memoria"?: las autoridades democráticas españolas en la encrucijada

b) Restitutio jurídica de la identidad y restitutio psicológica: la superación de los condicionantes ilegítimos al libre desarrollo del individuo como integración mediante el conocimiento de la verdad

4. Las medidas de rehabilitación y la creación de específicos servicios de asistencia a las víctimas directas e indirectas de la desaparición forzada infantil

5. Petición de perdón y proclamación parlamentaria del "Día nacional de homenaje a los niños perdidos del franquismo" como forma de satisfacción

a) Disculpa pública de las autoridades, día de conmemoración y homenaje

b) El deber de introducir una exposición precisa del crimen de los niños perdidos en el material didáctico a todos los niveles

6. Las indemnizaciones pendientes a los niños perdidos del franquismo, localizados o por localizar, y sus familias

a) La indemnización del daño físico o mental así como de los perjuicios morales

b) La indemnización de la pérdida de oportunidades y lucro cesante de los niños perdidos y sus familias

c) La indemnización de los gastos de asistencia jurídica o de expertos, medicamentos, servicios médicos yservicios psicológicos y sociales"

7. "Derecho inalienable a conocer la verdad" como reparación colectiva a las sociedades escenario de este tipo de crímenes y garantía de no repetición:

a) Hacia la Comisión de la Verdad para las víctimas del crimen de lesa humanidad de desaparición forzada en España

b) Hacia la puesta en marcha del Archivo Biográfico Familiar de los Niños Perdidos como recopilación y conservación del testimonio audiovisual de los supervivientes para el futuro

PARTE IV
Enjuiciar a los responsables

Capítulo VI

Obligatoriedad reforzada de perseguir vs oportunidad contra legem a la luz de la operación internacional "Last Chance" del Centro Simón Wiesenthal para la captura de los últimos nazis

1. La vigente operación internacional "Last Chance" del Centro Simón Wiesenthal de Jerusalén para la captura y enjuiciamiento de los últimos criminales nazis

2. La constatación del carácter internacionalmente reforzado del principio de obligatoriedad de la acción penal en materia de crímenes de lesa humanidad

3. Consecuencias jurídicas de la oportunidad contra legem en la persecución de crímenes contra la humanidad

a) Oportunidad contra legem y complementariedad de la acción de la Corte Penal Internacional tras el fallo Scilingo

b) Oportunidad contra legem y responsabilidad penal por omisión de las autoridades democráticas en el caso de los desaparecidos del franquismo a la luz de la Resolución 1463 del Consejo de Europa



CONCLUSIONES

Hacia el final de la "Victoria" sobre los desaparecidos y sus familias: Doble llave a la excepción española última en materia de derechos humanos

Bibliografía

Reseña legislativa y documental en el BOE

1. El marco normativo de la desaparición forzada infantil de Estado

2. Normas de organización y funcionamiento del patronato de la Merced y nombramientos de sus responsables
3. Normas de organización, funcionamiento del Consejo Superior de Protección de Menores y nombramientos de sus responsables
4. La reparación y la memoria en el BOE desde la transición


ANEXOS
1. Condena de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa a la dictadura franquista de 17 de Marzo de 2006. (trad. IU Federal)

2. Resolución 39(I) de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 12 de Diciembre de 1946, sobre las relaciones de los miembros de las Naciones Unidas con España, por la que se condena el régimen de Franco

3. Debate de la resolución de Condena del Parlamento Español a la Dictadura Franquista de 20 de noviembre de 2002

5. Nueva Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, aprobada por unanimidad de la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de Diciembre de 2006

6. Resolución 1463 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 3 de octubre de 2005 sobre la cuestión de las desapariciones forzadas

7. Recomendación 1719 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 3 de octubre de 2005 sobre la cuestión de las desapariciones forzadas

8. Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones

9. Conjunto de principios actualizado para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad, 8 de febrero de 2005, Consejo Económico y Social de Naciones Unidas, Comisión de Derechos Humanos

10. Ley "de la memoria histórica" de 26 de Diciembre de 2007

11. Ley Nacional argentina 23.511/87 que crea el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG)

12. Ley 25457, de 5 de septiembre de 2001, reguladora de la Comisión Nacional Argentina por el Derecho a la Identidad (CONADI)

13. Decreto 715/2004, por el que se crea la Unidad Especial de Investigación de la Desaparición de niños en el seno de la Comisión Nacional Argentina por el Derecho a la Identidad (CONADI)

14. Texto íntegro de la petición pública de perdón del Primer Ministro australiano, Kevin Rudd, por el robo de niños aborígenes (stolen generations) de 13 de febrero de 2008

15. Proyecto legislativo de indemnizaciones a la generación perdida, en tramitación en el Parlamento australiano (Stolen Generation Compensation Bill, n. 08030, Senador Andrew Bartlett, 14 de febrero de 2008)

Botín de guerra “Verdad, justicia y reparación”

BOTIN DE GUERRA


“Verdad, justicia y reparación” a los registros de la propiedad de la España post genocidio

“Cuando haya sangre en las calles, compra propiedades”, ya lo decía el Barón de Rothschild allá por el año 1757.

Aunque a nuestros victoriosos cruzados patrios que, efectivamente, hicieron correr la sangre por las calles de toda España, ni siquiera les hizo falta comprar nada.

Simplemente cometieron la práctica totalidad de los crímenes contra la humanidad, de guerra y contra la paz que existen y, después, despojaron a sus víctimas de cuantos bienes se les antojó.

Robos y pillaje: hazañas redentoras

Mejor dicho, utilizaron los resortes del nuevo “Estado”, la absoluta impunidad que el mismo les brindaba, para robar, durante años, a las familias de quienes habían defendido nuestra República.

Al igual que los propios nazis, apropiaciones de inmuebles, de tierras, de instalaciones industriales, de obras de arte y otros bienes, requisas coactivas de papel moneda, imposición arbitraria de tipos de cambio abusivos en zonas fronterizas y explotación empresarial de mano de obra esclava, fueron buena parte de sus hazañas redentoras de la cristiandad.

Prohibido por La Haya

Todo ello a pesar de que ya desde el derecho de la Haya de 1907 estuviese prohibido someter a la población civil a saqueo, y se estableciese, además, que la propiedad privada debía ser en todo caso respetada, sin que pudiese ser confiscada ni objeto de pillaje.

El antecedente de Nelson Mandela en Sudáfrica

A pesar de que no sólo es imprescriptible el enjuiciamiento de los verdugos, sino también lo es el derecho de las víctimas a la restitución y la reparación de los perjuicios causados.

O tal y como señalan los principios ONU de protección de los Derechos Humanos mediante la lucha a la impunidad: “la amnistía y otras medidas de clemencia no afectan al derecho de las víctimas a reparación y no menoscabarán el derecho a saber”.

Lo que no sólo es aplicable a la restitución del patrimonio histórico de partidos y sindicatos, como sí que hemos hecho, sino también al patrimonio de las familias perseguidas.

Fuera de España casos como el de la Ley de restitución de tierras a los descendientes de sus legítimos propietarios hecha por el Presidente Mandela en Sudáfrica tras el apartheid – incluida la expropiación a las familias blancas que se beneficiaron del robo a partir de 1913 y la creación del tribunal especial de reivindicación de tierras –, son otro buen recordatorio. La olvidada responsabilidad de los empresarios de Franco.

Sin olvidar tampoco la expresa prohibición de la cesión de penados “a particulares, compañías o personas jurídicas de carácter privado” derivada del Convenio OIT contra el trabajo forzado – ratificado por España en 1931 – ; ni el propio antecedente del juicio a los empresarios de Hitler en Nuremberg y todos los posteriores procesos judiciales en Alemania relativos al pago de indemnizaciones, como fue el caso de las empresas del Cartel IG Farben, responsable de campos de trabajo como el de la filial IG Auschwitz.

Prisioneros de guerra con derechos, no esclavos

A los empresarios de Franco, en cambio, el negocio les salió redondo y nadie les ha pedido, todavía, responsabilidades por las distintas violaciones de derechos humanos de los “esclavos de Franco” – prisioneros de guerra con derechos, según la Convención de Ginebra de 1929 – y de cuya explotación sacaron, ilegalmente, buen provecho, tal y como queda de manifiesto en el punto 67 del Balance de Crímenes denunciado por el Consejo de Europa en 2006. También recogida, en su punto 71, la "privación de bienes" por parte de la legislación franquista en contra de los "considerados republicanos".

Como dice irónicamente Jean Ortiz en uno de sus poemas de Mi guerra civil, “El carro de mi abuelo se lo robaron…/y no se lo devolvieron”.

Los crímenes económicos del franquismo, van a misa

Y ya sabemos por el drama abierto de los desaparecidos, de las fosas clandestinas, de los niños perdidos, – a los que ninguna institución busca todavía, por mucha vergüenza que dé hasta el mencionarlo – lo muy poco que le ha importado al actual Gobierno del PSOE cumplir en este tema con nada de lo que haya dicho Naciones Unidas, ni el Convenio Europeo, ni nada que se le parezca.

Mientras tanto, ya se sabe, en la España post genocidio los crímenes económicos del franquismo, como todos los demás, van a misa. Con la imprescindible ayuda del velo de impunidad tejido por nuestras autoridades. Qué duro resulta constatar también esto último.

España post genocidio

La España post genocidio que viene de ser Ruanda o la antigua Yugoslavia, con todas las consecuencias familiares, sociales, económicas, políticas, culturales, que aún perduran entre nosotros, todavía no es capaz de soportar su propio reflejo, ni mirar de frente a los miles de muertos insepultos que salen a la luz con tan sólo rasgar unos centímetros de tierra o de memoria.

Fueron genocidas, pero también fueron ladrones

“Verdad, justicia y reparación”, por tanto, también a los registros de la propiedad, hasta lo más oscuro de los balances contables de los empresarios de Franco, porque los responsables del franquismo, al igual que los del nazismo, fueron en primer lugar genocidas, sí, pero también fueron ladrones.

Y nuestro Estado de Derecho no puede reconocer validez jurídica alguna a ninguno de sus crímenes, ni a su posterior saqueo del país. No podemos seguir llamando “derecho” al botín de guerra.

Restitución del botín de guerra a las familias

El disfrute de las rentas de todo ello debe dejar de engrosar las cuentas de las familias de los genocidas para pasar a los descendientes de sus legítimos propietarios: víctimas robadas y exterminadas por haber sido defensores de la Constitución y la República española, dejadas de lado por nuestra transición ejemplar de las fosas clandestinas y, finalmente, desamparadas por las ilegalidades internacionales de un Gobierno que ha defraudado todas nuestras esperanzas de justicia y derechos humanos para estas personas. ¿Por qué?.

Miguel Ángel Rodríguez Arias es profesor de Derecho penal internacional de la Universidad de Castilla-La Mancha, autor del libro El caso de los niños perdidos del franquismo: crimen contra la humanidad y otros trabajos pioneros sobre desapariciones forzadas del franquismo que dieron lugar a las actuaciones de la Audiencia Nacional.































La olvidada responsabilidad de los empresarios de Franco
Sin olvidar tampoco la expresa prohibición de la cesión de penados “a particulares, compañías o personas jurídicas de carácter privado” derivada del Convenio OIT contra el trabajo forzado – ratificado por España en 1931 – ; ni el propio antecedente del juicio a los empresarios de Hitler en Nuremberg y todos los posteriores procesos judiciales en Alemania relativos al pago de indemnizaciones, como fue el caso de las empresas del Cartel IG Farben, responsable de campos de trabajo como el de la filial IG Auschwitz.

Prisioneros de guerra con derechos, no esclavos
A los empresarios de Franco, en cambio, el negocio les salió redondo y nadie les ha pedido, todavía, responsabilidades por las distintas violaciones de derechos humanos de los “esclavos de Franco” – prisioneros de guerra con derechos, según la Convención de Ginebra de 1929 – y de cuya explotación sacaron, ilegalmente, buen provecho, tal y como queda de manifiesto en el punto 67 del Balance de Crímenes denunciado por el Consejo de Europa en 2006. También recogida, en su punto 71, la "privación de bienes" por parte de la legislación franquista en contra de los "considerados republicanos".

Como dice irónicamente Jean Ortiz en uno de sus poemas de Mi guerra civil, “El carro de mi abuelo se lo robaron…/y no se lo devolvieron”.

Los crímenes económicos del franquismo, van a misa
Y ya sabemos por el drama abierto de los desaparecidos, de las fosas clandestinas, de los niños perdidos, – a los que ninguna institución busca todavía, por mucha vergüenza que dé hasta el mencionarlo – lo muy poco que le ha importado al actual Gobierno del PSOE cumplir en este tema con nada de lo que haya dicho Naciones Unidas, ni el Convenio Europeo, ni nada que se le parezca. Mientras tanto, ya se sabe, en la España post genocidio los crímenes económicos del franquismo, como todos los demás, van a misa. Con la imprescindible ayuda del velo de impunidad tejido por nuestras autoridades. Qué duro resulta constatar también esto último.

España post genocidio
La España post genocidio que viene de ser Ruanda o la antigua Yugoslavia, con todas las consecuencias familiares, sociales, económicas, políticas, culturales, que aún perduran entre nosotros, todavía no es capaz de soportar su propio reflejo, ni mirar de frente a los miles de muertos insepultos que salen a la luz con tan sólo rasgar unos centímetros de tierra o de memoria.

Fueron genocidas, pero también fueron ladrones
“Verdad, justicia y reparación”, por tanto, también a los registros de la propiedad, hasta lo más oscuro de los balances contables de los empresarios de Franco, porque los responsables del franquismo, al igual que los del nazismo, fueron en primer lugar genocidas, sí, pero también fueron ladrones. Y nuestro Estado de Derecho no puede reconocer validez jurídica alguna a ninguno de sus crímenes, ni a su posterior saqueo del país. No podemos seguir llamando “derecho” al botín de guerra.

Restitución del botín de guerra a las familias
El disfrute de las rentas de todo ello debe dejar de engrosar las cuentas de las familias de los genocidas para pasar a los descendientes de sus legítimos propietarios: víctimas robadas y exterminadas por haber sido defensores de la Constitución y la República española, dejadas de lado por nuestra transición ejemplar de las fosas clandestinas y, finalmente, desamparadas por las ilegalidades internacionales de un Gobierno que ha defraudado todas nuestras esperanzas de justicia y derechos humanos para estas personas. ¿Por qué?.


Miguel Ángel Rodríguez Arias es profesor de Derecho penal internacional de la Universidad de Castilla-La Mancha, autor del libro El caso de los niños perdidos del franquismo: crimen contra la humanidad y otros trabajos pioneros sobre desapariciones forzadas del franquismo que dieron lugar a las actuaciones de la Audiencia Nacional.
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'El botín de guerra del franquista CSIC', por Cristina Calandre Historia de la Ciencia

El botín de guerra del franquista Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC): el patrimonio de la republicana Junta para Ampliacion de Estudios (JAE)
Por Cristina Calandre Hoenigsfeld

"El 24 de noviembre del 2009 hará 70 años que se creó el CSIC por Ley. No he visto, por ahora, ninguna información sobre alguna actividad para conmemorar dicho aniversario, lo que no me extraña dado lo irregular del nacimiento de dicho CSIC, como intentaré exponer a continuación. Existe gran controversia entre los estudiosos de la historia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) en si existe una continuación o una ruptura en lo referente al espíritu entre dicha Institución y la Junta para Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas (JAE), pero en cambio sí que están de acuerdo en que en lo que concierne a los edificios y terrenos se produjo una continuidad material. Es en este segundo aspecto en el que voy a centrar mi artículo, pues entiendo que la herencia material de los edificios de la JAE al CSIC se ha transmitido de una forma fraudulenta, por lo que más que hablar de herencia deberíamos decir rapiña, robo o apropiación indebida". [Sigue]

"EQUIPAMIENTOS PROMOVIDOS POR LA JAE (1907-1939)
Se inician en 1913, cuando la Junta para Ampliación de Estudios presidida por Santiago Ramón y Cajal decide instalar la sede de la nueva Residencia de Estudiantes que desde 1910 se encontraba dispersa en unos hotelitos de la calle Fortuny. El 11 de Agosto de 1913 por Real orden, el Ministerio de Instrucción Pública autoriza la construcción de nuevos edificios en los terrenos que le pertenecen en los Altos del Hipódromo. Fueron los arquitectos institucionistas Floréz y Luque los encargados de dichas construcciones. Se extendían los terrenos desde el final de la calle Pinar, en la Castellana hasta los altos del Hipódromo, para bajar en rápido desmonte a la plataforma ocupada por el Palacio de la Industria y sus Jardines(Museo de Ciencias Naturales ) .Con el impulso renovador de la JAE , el museo se consolidó y en 1913 pasó a llamarse Museo Nacional . Según palabras del director de la Residencia , Jiménez Fraud”…era un cerrillo inundado por el sol y batido por los vientos desde el que se disfrutaba de una gloriosa vista de la Sierra de Guadarrama….la Junta logró obtener una modesta subvención para construir los nuevos edificios…”
Posteriormente en dicha mítica Colina de los Chopos se fueron instalando otros edificios como el Instituto Escuela, con sus campos de deportes, inaugurado en 1920, en 1923 se construye la casa del director de la Residencia. En 1926 el Estado adquiere unos terrenos colindantes por el norte con la Residencia, donde se va a construir el Instituto de Física y Química y los nuevos edificios para la ampliación del Instituto Escuela. En 1930 se inicia la construcción del edificio dedicado a teatro , biblioteca de la Residencia , conocido como el Auditorium , siendo sus arquitectos los residentes Carlos Arniches y Martín Dominguez.
En 1932 se inaugura el Instituto de Física –química financiado por la Fundación Rockefeller y construido por los arquitectos Manuel Sánchez Arcas y Lacasa .Durante la guerra civil , 1937-39 ,se instala el la Residencia el Hospital de Carabineros, para enfermos de malaria , dirigido por el Dr. Luís Calandre Ibañez, mi abuelo, Delegado de la Junta para ampliación de Estudios en Madrid durante la guerra. Se mejoraran algunas infraestructuras, y se construirá por el gobierno del Frente Popular republicano, un Refugio antiaéreo debajo de la Colina de los Chopos, para proteger a los científicos de la JAE y a los enfermos.
El Estado compra en 1929 el edificio conocido como “Palacio del Hielo “ en la calle Duque de Medinaceli en donde tras unas obras del arquitecto Pedro Muguruza(el mismo arquitecto franquista que participó en la construcción del Valle de los Caidos) se destina la parte central para el nuevo local del Centro de Estudios Históricos, así como la Secretaria de la JAE y el depósito de publicaciones de la misma.
Otros muchos edificios e infraestructuras fueron obra y patrimonio de la JAE como el Instituto Cajal(Cerro de San Blas-Atocha) El Jardín Botánico (situado entre el Paseo del Prado y la Costa Moyano , incluyendo en su interior el pabellón Villanueva y otras dependencias ) El Museo de Antropología, la Residencia de Señoritas entre la calle Fortuny y el Paseo del Obelisco (ahora calle Martinez Campós) a la me referiré posteriormente , la Estación alpina de Cercedilla, la Misión biológica de Galicia , etc. Un inventario exhaustivo de los bienes históricos culturales del CSIC se puede ver en su página WEB (patrimonio ) así como una Base de Datos del Servicio de Patrimonio del CSIC.

FUNDAMENTO JURIDICO
La creación del Instituto de España aparece por primera vez en el BOE del 8 de diciembre de 1937 en donde en el artículo primero se dice “….las academias conservaran el título de Reales y formarán juntas un cuerpo total con el nombre de Instituto de España” cuyos detalles de organización y atribuciones se especificarán en disposiciones reglamentarias…”Firmado por Francisco Franco desde Burgos.
En el BOE del 2 de Enero de 1938 se desarrolla algo más la organización de dicho Instituto de España,…Presidente Manuel de Falla, Vicepresidente Saínz Rodriguez, Secretario Eugenio D´Ors, Canciller Pedro Muguruza ,Castañeda, Artigas, Enrique Suñer , etc.
Pero será con el Decreto del 19 de Mayo de 1938 , publicado con ocasión de celebrarse el aniversario de la muerte de Menéndez y Pelayo donde Franco traspasaba al Instituto de España los bienes y servicios de la JAE a la que sustituía:
“..Artículo primero: El Instituto de España , será el órgano a través del cual el Estado orientará y dirigirá la alta cultura y la investigación superior en España, viniendo a sustituir en parte a la Junta para Ampliación de Estudios y pensiones para el extranjero ....Artículo segundo….el Ministerio de Educación Nacional detallará en órdenes sucesivas las funciones que como consecuencia del presente decreto , deban pasar a depender del instituto de España, así como las partes o servicios de los mismos que habiendo pertenecido a la Junta para Ampliación de Estudios deban ser entregados a las universidades….Artículo séptimo :Queda disuelta por este decreto la Junta para Ampliación de Estudios e Investigaciones científicas …. Artículo octavo : Previendo en fecha próxima y ocasión de alto significado nacional de otro grupo de instituciones , concernientes al estudio de las ciencias de la naturaleza y matemáticas…….se dispone la creación de los siguientes organismos…Centro de Estudios históricos, Centro de Arqueología e Historia Americana,……(Firmado por Francisco Franco , y el Ministro de Educación Saínz Rodriguez, en Burgos).
El 11 de Abril de 1939 se publica en el BOE una orden del ministerio de Educación Nacional aprobando los estatutos para el Instituto de España”…Según lo dispuesto en los Decretos de 8 de diciembre de 1937 y 19 de Mayo de 1938 ,este Ministerio a propuesta del Instituto de España aprueba los siguientes estatutos:” ..Artículo primero…..Tiene el carácter de organismo supremo , por cuyo instrumento el Estado organiza ordena y mantiene instituciones dedicadas al cultivo del saber y atiende al cumplimiento de sus fines según el Decreto del 19 de Mayo de 1938 que enumera un primer grupo de instituciones de este orden. .
El 26 de Abril de 1939 se publica un nuevo decreto en cuyo preámbulo se dice “….El Decreto del 19 de Mayo de 1938 …preveía que las fundaciones que en el mismo se encomendaban al Instituto de España de carácter literario e histórico , había de ser continuado con otras de carácter científico , filosófico, técnico… con ocasión del patrocinio del nombre de Ramón y Cajal con ocasión del aniversario de su tránsito….
Articulo primero: Según idénticas bases estatutarias a las contenidas en el Decreto del 19 de Mayo de 1938 sobre fundaciones histórico-literarias…se procederá a la instauración por el Instituto de España de Instituciones de carácter científico….
Artículo Tercero: …un centro de Estudios biológicos y Naturales con un laboratorio Ramón y Cajal para investigaciones biológicas, un laboratorio de Química y Biología…una sociedad y Museo de Ciencias Naturales, jardines botánicos y zoológicos, …un centro de altos estudios de Física , Química….
Artículo quinto: Todos estos organismos , como aquellos a que se refería el Decreto del 19 de Mayo de 1938 se dotarán con cargo a los créditos consignados en el Presupuesto del Estado …
Artículo sexto: Todos aquellos organismos científicos sobre los que ejercían dirección o patronato la desaparecida JAE y la Fundación Nacional de Investigaciones científicas y Ensayos de Reforma quedarán a cargo del Instituto de España que sucede a dichos organismos en sus derechos, funciones y personalidad jurídica…” (Francisco Franco en Burgos),
Con el propósito de aprovechar los servicios e infraestructuras de la JAE (esto es ,el botín de guerra )el 24 de Noviembre de 1939 se crea por los vencedores fascistas el Consejo Superior de Investigaciones Científicas , con representación tanto en las instituciones educativas y culturales como en los estamentos fundamentales del nuevo Estado. Entre su artículado destacamos “…artículo sexto : Todos los Centros dependientes de la disuelta Junta para Ampliación de Estudios e Investigaciones científicas , de la Fundación de investigaciones y ensayos de Reformas, y los creados por el Instituto de España , pasarán a depender del CSIC.
Artículo décimo:…Los bienes de todas clases pertenecientes a la disuelta JAE y a la Fundación de Investigaciones pasarán al CSIC que asume las obligaciones antes encomendadas a aquellos organismos , continuando el mismo régimen económico establecido…”( Firmado Francisco Franco Madrid).
En Febrero de 1940 se publica en el BOE un Decreto regulando el funcionamiento del CSIC.
En el BOE del 28 de Abril de 1940, se publica una orden disponiendo que el Instituto de España traspase al recién creado CSIC todos los servicios de la Disueltas Juntas para ampliación de Estudios y Fundación Nacional de Investigaciones científica,”….Primero: El Instituto de España traspasará al CSIC en el plazo de ocho días los servicios , locales , efectos y documentación procedentes de las extinguidas JAE y Fundación Nacional….” (Firmado por Ibañez Martín, Ministro de Educación Nacional).

CONCLUSIONES
El traspaso de los bienes patrimoniales, así como de otros servicios de la JAE al CSIC , se hicieron de manera fraudulenta a través del Instituto de España, pues se fundamentaron en el Decreto del 19 de Mayo de 1938 , emitido por el gobierno ilegal de Burgos , que se reveló contra la legalidad republicana y que por tanto no tiene validez jurídica.
Dado que todo el entramado jurídico que acabo de exponer, hace siempre referencia a dicho Decreto y se van entrelazando unos Decretos y Ordenes con otras , queda claro que todos los edificios que pasaron al CSIC así como los nuevos que construyó en terrenos que pertenecían a la JAE ,(como sería el caso de la actual Sede Central y el Instituto de Edafología del el arquitecto Miguel Fisac en los terrenos que antes de la guerra habían estado ocupados por los campos de deportes de la Residencia de Estudiantes ) , ó las diferentes obras de rehabilitación de los edificios de la antigua JAE ,como la transformación del Auditorium en Iglesia del Espíritu Santo , ó las obras llevadas a cabo en el Instituto Cajal, el Palacio del Hielo en Duque de Medinaceli , la Residencia de Señoritas trasformada en un Colegio Mayor y luego la Fundación Ortega y Gasset, ó el Instituto Escuela que paso a ser el Colegio Ramiro de Maeztu , en donde también se hicieron obras , SON ILEGALES ., pues se basan en dar la propiedad al CSIC legitimando dicho Decreto de Mayo de 1938 , ilegal de raíz. También en terrenos del Campus se construyó el Archivo Histórico Nacional, ahora dependiente del Ministerio de Cultura.
Voy a detenerme en dos casos concretos de corrupción, consecuencia de todo esto, pero seguro que hay otros muchos y más graves.
Por Orden del ministerio de Instrucción Pública y Bellas artes el 11 de Julio de 1924 se autorizó la compra al Instituto Internacional de Señoritas en España(Institución norteamericana que había tenido una estrecha colaboración con la Residencia de Señoritas dirigida por María de Maeztu perteneciente a la JAE ) de la casa-palacio situado en la calle Fortuny 53 de Madrid.El precio de venta fue de 250.000 Pts , un precio muy ventajoso para el comprador, el Ministerio de Instrucción Publica (Del que dependía la JAE). A cambio y como condición era que la expresada finca se destinase a la educación superior de la mujer. En caso contrario se podría rescindir la venta, devolviendo el precio recibido y recobrando la propiedad.
Siendo una de las propiedades inmobiliarias de la JAE , pasó a ser propiedad del Estado franquista(ilegalmente), que lo utilizó como Colegio Mayor “Teresa de Cepeda “ unos años , pero que a partir de 1982 se instaló la Fundación Ortega y Gasset, institución dedicada a la investigación.
Dado que había perdido su carácter de centro de educación superior de la mujer, el Instituto Internacional norteamericano solicitó en 1986 la resolución de la venta.Tras una serie de contenciosos y recursos el 31 de Julio de 1999 se aprobó el Real Decreto 1335/1999 begin_of_the_skype_highlighting 1335/1999 end_of_the_skype_highlighting (firmado por Francisco Álvarez Cascos y el Rey Juan Carlos desde Palma de Mallorca en dicha fecha para que no se enterara nadie ) que establece un convenio transaccional entre el Estado español y el Instituto Internacional en España, según el cual el I. Intencional debía percibir de la Administración General del Estado 650millones de Pts. y de la Fundación Ortega y Gasset 75 millones.
¡Que buen negocio para los norteamericanos y que malo para el Estado Español! Y uno se pregunta como se pudo llevar a cabo esta gran estafa sin ningún tipo de control .Ahora y teniendo en cuenta todo lo explicado sobre la apropiación ilegal de las propiedades de la JAE por el Estado franquista, podría decirse que la Fundación Ortega no es propietaria de nada, y pedirle explicaciones al Estado en esta complicidad corrupta. Deben estar todos los implicados empeñados en que no se consiga derogar dicho Decreto del 19 de Mayo de 1938., y por ahora lo van consiguiendo. Actualmente dicho recinto esta catalogado como Bien de Interés Cultural (BIC), en donde supongo pone que la propiedad es de dicha Fundación, cuando en realidad sigue perteneciendo a la JAE republicana.
Otro caso grave , son las obras llevadas a cabo con el consentimiento del CSIC , sin licencia municipal en el Pabellón Transatlántico de la Residencia de Estudiantes en los años 90 (Con el agravante de tener protección como Bien de Interés Cultural , categoría monumento ), destruyendo parte de un Refugio antiaéreo construido en el subsuelo en 1937 para el Hospital de Carabineros situado en la Residencia, sin siquiera haberlo inventariado., lo que acumularía una CUADRÚPLE ilegalidad: 1)La de hacer obras sobre una propiedad que no esta claro les pertenezca , 2) de haber rehabilitado sin licencia del Ayuntamiento de Madrid., destruyendo parte de un vestigio de arquitectura militar de la guerra ,3) de ser sobre un edificio con protección BIC., y4) además haber solicitado un galardón europeo , ocultándolo todo en la Solicitud. Por ello he vuelto a formular una denuncia al Ministerio de Cultura el día 20 de Octubre del 2009 , en los siguientes términos:
“Cristina Calandre solicita le sea retirado el galardón SELLO PATRIMONIO EUROPEO a la Residencia de Estudiantes , por el Comité de Patrimonio Europeo que se lo otorgó en Marzo del 2007 , MIENTRAS SE ACLARA la propiedad de dichos edificios, pues en el formulario de Solicitud dicha Residencia pone que los edificios son propiedad del CSIC y que este en base a un acuerdo Marco firmado en Septiembre de 1990 cede la utilización de los edificios e instalaciones a la Fundación Residencia, cuando según todo lo expuesto anteriormente , el fundamento jurídico esta viciado de origen y por tanto queda en entredicho los derechos de propiedad del CSIC e invalidado dicho acuerdo Marco.
Y por entender que yo nieta del Dr Luís Calandre Ibañez,( nombrado en Octubre de 1938 por el Gobierno legítimo de la República , Delegado de la JAE en Madrid ) soy parte interesada como ya manifesté en mi anterior reclamación al Comité de Patrimonio Europeo de Julio del 2009, y que me fue desestimada, pues entiendo que dar por legal dicho Decreto franquista de 19 de Mayo de 1938 impide en reconocimiento jurídico de mi abuelo y además es de justicia. “
Y no se si tan grave como los dos casos anteriores ,sería que se materializara un proyecto del CSIC para revalorizar “su patrimonio “ y es la creación de un de parque temático de la Ciencia, repensando la Colina de los Chopos, y comenzando con un parking subterráneo para 300 coches , seguramente en donde se encuentra el Refugio sin inventariar .Pero deberían sobre todo repensar si esa “Colina de los Chopos “ es un patrimonio que les pertenece , ó quizás tengan que devolvérselo a la Junta para Ampliación de Estudios”, aunque sea retroactivamente, a la que se lo arrebataron de mala manera. Y eso que según parece existe un proyecto de catalogación como BIC llamado “Manzana de los altos del Hipódromo”, lo que les va a ser difícil es demostrar que el auténtico propietario de dicho emblemático lugar es el CSIC , con el agravante de haber permitido la destrucción de parte del Refugio antiaéreo del Hospital de Carabineros que recorre parte del subsuelo, sin haberlo siquiera inventariado.

Cristina Calandre Hoenigsfeld
22 de Octubre del 2009".

El 'botín de guerra' de Franco

"Genocidio franquista S.A.", una nueva investigación del autor de "El caso de los niños perdidos del franquismo" arroja luz sobre las nuevas perspectivas de responsabilidad internacional de los empresarios de Franco en España según Nuremberg.
NUEVATRIBUNA.ES 23.04.2010

Miguel Ángel Rodríguez Arias, profesor de Derecho penal internacional de la Universidad de Castilla-La Mancha, autor del estudio "El caso de los niños perdidos del franquismo: crimen contra la humanidad" y otras publicaciones en la materia acaba de publicar una nueva investigación aportando nuevas perspectivas jurídicas para establecer la responsabilidad internacional de los empresarios de Franco a la luz del legado de Nuremberg y la inaplicabilidad de la ley de amnistía a estos crímenes de guerra y sus indemnizaciones pendientes.

Para el autor del estudio "El genocidio franquista fue un negocio, un lucrativo negocio a largo plazo, en el que el mismo negacionismo y la impunidad que ha impedido la exigencia de responsabilidades ante los tribunales ha propiciado el aprovechamiento de los efectos económicos del delito todavía en nuestros días y ha impedido la restitución de propiedades", "el saqueo de propiedades y la cesión de mano de obra de prisioneros de guerra a las empresas cómplices del régimen era algo ya estrictamente prohibido por las convenciones de Ginebra y de la Haya, así como por el Convenio internacional OIT contra el trabajo forzado ratificado por España en 1932".

Partiendo de los menschliche pflichten o "deberes de humanidad" corporativos de las empresas colaboradoras con el nazismo establecidos en la jurisprudencia de Nuremberg en el enjuiciamiento penal de los ejecutivos del Cartel IG Farben, que se valieron de la mano de obra esclava en condiciones inhumanas, y las contradicciones de ello mismo con la jurisprudencia interna española, en el estudio se aborda la inaplicabilidad de leyes de amnistía para impedir el deber de investigación judicial efectiva e independiente a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, así como la no prescriptibilidad de las violaciones continuadas al derecho a la propiedad según el Convenio Europeo de Derechos Humanos, y especialmente la necesidad de que los deberes de "verdad, justicia y reparación" alcancen a los deberes de transparencia contable de las empresas españolas admitidas a cotización en nuestros mercados.

Con carácter previo a este último desarrollo de su línea de investigación Rodríguez Arias fue premiado ya en octubre de 2007, en el galardón internacional "Cessare Beccaria Award for young researchers" convocado bajo los auspicios de Naciones Unidas por un primer trabajo en el que analizaba los procesos de Nuremberg seguidos en Alemania por la complicidad en crimen de agresión, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra de tales empresas.

2.23.2010

Porque no se quiere modificar la actual Ley Electoral -I-.

Como podemos seguir aguantando el uso torticero que se esta haciendo de la Constitución Española, y me refiero a las desigualdades que se están creando con la aplicación de la vigente Ley Electoral.

El Estado Español esta en manos de partiditos sin representación general a nivel nacional que condicionan y venden -carísimo- sus apoyos habiendo instaurado el bipartidismo en nuestro país. Los Constituyentes, dada la proliferación de partidos que se creo en la época de los primeros años de la Democracia , en la Constitución intento refrenar estos pequeños grupúsculos que realmente confundían el animo integrador que se pretendió.
Pero la evolución de aquella norma, nos esta llevando a una dictadura, si dictadura de las cúpulas de los partidos mayoritarios que, sin una afiliación y militancia que les respalde, Con sistema de captación de voto en los que "yodo vale" están consiguiendo arrebatar la participación a los ciudadanos en sus organizaciones democráticas.

Y no son estas las que fallan, no, Simplemente son las listas cerradas que diluyen la fotografía del que "nos representa". La forma de computo de votos que diluye la fuerza de los votos por la de los territorios, Y el exceso de "disgregación" en la Administración de las competencias, que consigue encarecer hasta la saciedad los Gastos de Gestión.
El abaratamiento del Estado, en su conjunto es necesario, Pero para una optimización del mismo debe ser precedido de una optimización de las competencias.

Y esto es solo el "pueblo" quien lo podemos reivindicar, porque todo ello va en contra del actual poder omnímodo de las cúpulas de los partidos.
En esencia hemos convertido nuestra democracia tan aplaudida y que tan buenos resultados nos vino dando en el pasado, en un sistema tan representativo que se parece cada día mas a una politocracia por no decir dictadura de los partidos. Y eso no.

1.16.2010

Reforma de la ley electoral.

Publicado en el Blog "Propuestas 9-M".
La ley electoral en España es una norma que no ha cambiado en lo sustancial en nada desde las primeras elecciones democráticas. Es el resultado de una serie de disposiciones constitucionales (mínimas, la verdad, pero relevantes, en la medida en que consagran la provincia como circunscripción inevitable y establecen el número mínimo y máximo de posibles diputados en Cortes) y de la Ley orgánica de Régimen Electoral General, que data de 1985 y que, además, vino a recoger lo que habían sido las pautas establecidas legalmente con anterioridad (y que, a su vez, copiaron los iniciales decretos que regularon las elecciones constituyentes de 1977). La enorme estabilidad de la ley electoral, que se ha trasladado, a su vez, a las diversas normas electorales autonómicas (que más o menos han replicado el modelo estatal, dejando muy poco margen a la imaginación, la innovación o la experimentación, lo que no deja de ser una pena), no es en sí misma mala cosa. Es más, estoy por decir que es algo más bien bueno.

No obstante lo cual, creo que ha llegado el momento de tratar de reformarla, y estaría bien que así lo plantearan los partidos políticos que concurren a las próximas elecciones, porque son cada vez más patentes una serie de problemas que convendría tratar de resolver cuanto antes. Así, puede constatarse que la actual forma de traducir votos de los ciudadanos en representación parlamentaria tiene los siguientes efectos negativos:

- Genera distorsiones respecto del valor del voto muy acusadas como consecuencia de la asignación de al menos dos diputados por circunscripción (repartiéndose el resto según la población). De modo que las provincias menos pobladas tienen una sobrerrepresentación que si ya era notable en los inicios de nuestra democracia hoy es crecientemente desproporcionada. Los votos precisos para conseguir un escaño en Teruel o Cuenca, por ejemplo, nada tienen que ver con los necesarios en Madrid o Sevilla.

- Plantea problemas de proporcionalidad, no como consecuencia de la fórmula empleada para asignar escaños dentro de cada circunscripción, sino como resultado de que la mayoría de éstas son demasiado pequeñas como para que partidos con menos de un 20% de los votos puedan aspirar a lograr representación, perdiéndose, por así decirlo, todos los sufragios que reciben los partidos no mayoritarios en prácticamente todas las circunscripciones. Por eso Izquierda Unida o, en general, cualquier partido no mayoritaro con una presencia más o menos uniforme y constante en todo el territorio nacional tiene tantos problemas para lograr escaños. El modelo beneficia a los grandes partidos en cada circunscripción, que lo son PP y PSOE en la mayor parte de los casos. Los partidos nacionalistas, cuyo peso medio o grande en sus respectivos territorios les permite rentabilizar satisfactoriamente los votos que obtienen, quedan así indirectamente beneficiados y, con muchos menos votos que otros partidos tan minoritarios como ellos a escala nacional (o, lo que es peor, mucho menos minoritarios), obtienen mucha mejor representación. Pero se trata éste de un efecto más aparente que real pues, como se dice, el modelo les suele asignar un número de escaños que más o menos refleja su peso electoral en número de votos. En realidad, quienes se benefician de esta forma de reparto, dado que son los que monopolizan escaños en las pequeñas circunscripciones más allá de que haya otros partidos en liza con un número apreciable de votos son PP y PSOE, como en su día lo fue también la UCD, que obtienen elección tras elección una evidente prima de representatividad.

Hasta la fecha estos problemas no han sido sentidos como demasiado graves porque, dentro de lo que cabe, los resultados electorales y la expresión de la voluntad popular ha quedado siempre, más o menos, bien traducida. Además, este sistema, con ser proporcional y no mayoritario, ha facilitado sobremanera la gobernabilidad y la construcción de mayorías, como puede constatarse en que las diferentes cámaras salidas del sistema electoral en vigor han permitido con facilidad mayorías absolutas (González I, González II, González III -si bien obtuvo sólo 175 diputados, a 1 de la mayoría absolua que requiere la mitad más uno de los miembros, puede entenderse que lo fue al no tomar posesión de sus actas de diputados algunos parlamentarios de HB, lo que genera la duda de si jurídicamente estamos o no ante una mayoría absoluta- y Aznar II) y mayorías muy cómodas para para los partidos en el poder (Suárez I, Suárez II y Rodríguez Zapatero en la actualidad). Incluso, cuando los resultados han sido más ajustados, el sistema ha trasladado una composición de las cámaras que ha permitido la gobernabilidad sin ningún problemas (González IV y Aznar I).

Sin embargo, creo que es posible avanzar en la materia y, respetando el marco constitucional y las decisiones al respecto marcadas en el artículo 68 de la Constitución, plantear algunas mejoras que, conservando el sistema sustancialmente estable, permitirían minimizar algunos de los problemas descritos, dado que la actual cultura democrática nos hace más sensibles a los mismos (prueba de la evolución de la sociedad española en estas materias) y, sobre todo, como consecuencia de que las pautas demográficas y electorales han agravado y previsiblemente agravarán más los efectos de sobrerrepresetación de ciertos partidos y territorios.

Para ello, y como es compromiso de estas propuestas ser realizadas dentro del marco constitucional, conviene recordar qué dice la Constitución respecto de las Cortes Generales y, en concreto, respecto del Congreso (el Senado lo dejamos para otro día, porque su reforma sí que tiene sentido sólo si se acomete desde la radical modificación constitucional de su estructura):

Artículo 68 de la Constitución española de 1978.

1. El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, directo y secreto, en los términos que establezca la ley.

2. La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.

3. La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional.

4. El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los Diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.

La Constitución establece pues un marco muy concreto en el que hemos de movernos nosotros para realizar nuestras sugerencias y habrá de encuadrarse cualquier reforma de la ley electoral:
- La composición del Congreso es de entre 300 y 400 diputados (hoy, como es sabido, la ley fija 350)
- La circunscripción electoral es la provincia
- Cada provincia ha de tener asignado un número mínimo de representantes (en la actualidad dos) y el resto se distribuyen según su población
- El reparto de diputados en cada circunscripción ha de hacerse por medio de sistemas que garanticen la proporcionalidad.

A mi juicio todas estas previsiones constitucionales (quizás con la excepción de la declaración de la provincia como circunscripción electoral, pues los efectos de igualación electoral que pretende conseguir en beneficio de zonas menos pobladas podrían conseguirse por medio de otros mecanismos) son, además, bastante sensatas. Empezando, por ejemplo, por la adopción de un modelo proporcional que, como se ha dicho, tiene el único riesgo de propicionar menos estabilidad gubernamental, algo que es manifiesto que en España no ha pasado y está lejos de que ocurra. Así que creo que el balance entre riesgos y ventajas hace que el decantarnos por la proporcionalidad, como hace la Constitución, sea una elección sensata. Asimismo, la mera lectura del precepto demuestra que los problemas de nuestro sistema nada tienen que ver con el reparto de escaños realizado según el sistema D’Hondt, a pesar de la mala prensa que suele tener (se trata de un sistema de reparto proporcional, con prima ligera a los grandes partidos, de gran tradición desde Jefferson y que fue muy usado en la República Federal de Alemania, aunque en la actualidad muchos de sus Länder han evolucionado hacia otras reglas algo más complejas) y de que no pasaría tampoco nada por elegir otro sistema de asignación siempre y cuando respetera la proporcionalidad que ordena la Constitución a la hora de repartir escaños. Por eso no creo que sea imprescindible buscar un cambio en nuestra norma máxima. Si pudiéramos simplemente cambiar la ley electoral y mejorarla para que no se produzcan los problemas descritos, apurando las posibilidades que el actual marco nos proporciona y profundizando en la senda marcada por sus principios, la operación sería óptima.

Posibilidades legales de reforma que se proponen, dentro del marco constitucional:

1. Ampliación del Congreso de los Diputados hasta los 400 miembros. Ya de por sí esta medida mitigaría en algo los problemas que en la actualidad se dan, pues ampliaría las dimensiones de muchas circunscripciones, permitiendo a medianos partidos obtener representación en alguna más y reduciendo además ligeramente la infrarrepresentación de las provincias más grandes. Pero es que, además, estos 50 diputados adicionales pueden ser especialmente provechosos si se juega con ellos con algo de imaginación y flexibilidad, como se tratará de exponer a continuación. Con un sistema de reparto que fomentara ciertos reequilibrios de la proporcionalidad territorial y de partidos se podrían multiplicar los efectos beneficiosos sobre el sistema electoral de la ampliación en 50 diputados del Congreso, aunque la medida por sí sola ya ayudaría a mejorar un poco las cosas.

2. Mantenimiento de la asignación inicial de dos diputados por provincia. Aunque podría plantearse pasar a un único diputado por provincia de mínimo, lo cierto es que la diferencia tampoco es tan grande entre un caso y otro. Pasaríamos de tener muchas provincias que reparten sólo 3 diputados a bastantes de ellas que repartirían sólo 2. Pero incluso con un mínimo en 2 diputados como tenemos ahora puede llegar a ocurrir, como le pasa a Soria en estas elecciones, que ni siquiera se asigne ni uno más por población a una circunscripción muy poco poblada. Así que la cosa, en términos de desequilibrio, no me parece tan grave. Y, de este modo, tenemos garantizado cierto reequilibrio en beneficio de las áreas más despobladas que, aunque en la actualidad no pasa en lo esencial la defensa de las mismas por una representación en el Congreso algo incrementada (la lógica de partidos la hace más bien irrelevante, de facto) sino más bien por su capacidad de actuación en el seno de las Comunidades Autónomas y a través de éstas, sí dota al Congreso de una visión de la realidad más plural en su conjunto y más tendente a reflejar la sensibilidad de la España más desfavorecida y con mayores problemas de viabilidad económica y social de futuro.

3. Mantenimiento de la circunscripción electoral en la provincia, dado que la Constitución lo impone, lo que significa que las listas se presentan provincialmente y el cómputo y asignación de escaños se realiza en su seno. Pero, eso sí, interpretando esta exigencia de la Constitución de modo flexible, permitiendo que los 50 diputados que se añaden al Congreso sea asignados por medio de un modelo de reparto proporcional pero novedoso y flexible a partir de los restos que no han generado diputado en cada circunscripción. Probablemente esta propuesta bordea la inconstitucionalidad, pero es la mínima intervención que se me ocurre que pueda tener un efecto relevantesobre el sistema y creo que, en el fondo, no altera la idea de que la circunscripción seguiría siendo provincial, dado que no se presentaría lista alguna a escala nacional y la asignación de escaños sería por provincias y respetando criterios de población. El reparto de diputados, asimismo, tendría en cuenta también las listas en las provincias y se asignarían diputados a partir de las mismas. De modo que creo que puede argumentarse que no estamos ante el establecimiento de una circunscripción adicional a las provinciales para esos 50 nuevos diputados, sino ante una fórmula de reparto diferente, dentro de las circunscripciones ya existentes, para los mismos.

4. Mantenimiento de la regla de reparto D’Hondt de escaños, a partir de la cual se asignarían como hasta ahora los 350 diputados “tradicionales” pero con la que, además, se pretende actuar para asignar de forma distinta los 50 últimos escaños, de la siguiente forma:

Como es sabido, D’Hondt reparte los escaños en cada circunscripción dividiendo el número de votos obtenidos por cada candidatura entre todos los números naturales que hay entre 1 y el número de escaños a repartir. Así, si una provincia reparte 5 diputados y los partidos A, B y C han logrado respectivamente 10.000, 9.000 y 3.000 votos los cocientes serían (A: 10.000, 5.000, 3.333, 2.500, 2.000; B: 9.000, 4.500, 3.000, 2.250 1.800; C: 3.000, 1.500, 1.000, 750, 600). Como consecuencia de eso, A obtendría 3 diputados por los cocientes 10.000, 5.000 y 3.333 y B obtendría los otros dos, por sus cocientes 9.000 y 4.500 mientras que C, cuyo primer cociente es de 3.000, quedaría fuera del reparto. Un 15% de los votos en una circunscripción que reparte 5 escaños te deja fuera del reparto, como este ejemplo permite demostrar (y ése es el problema que conduce a la infrarrepresentación de partidos como IU cuando algo así les ocurre en una provincia tras otra, por sus reducidas dimensiones medias -la gran mayoría de las circunscripciones en España tienen menos de 7 escaños a repartir, que es el número mínimo a partir del cual el reparto funciona más o menos bien-).

La propuesta de reforma es en el fondo simple, aunque a lo mejor difícil de explicar. La idea sería, realizado el inicial reparto así, como siempre, que los 50 diputados adicionales hasta los 400 se repartieran a partir de la suma de los mayores cocientes que los partidos han tenido en cada circunscripción que han quedado sin representación (en este caso, para A, 2.500 votos y para B y para C 3.000). Esto es, tomando los cocientes mayores de cada partido en cada circunscripción que no han permitido obtener diputado. Sumadas todas las provincias tendríamos una suma total de votos a partidos que no han sido, por así decirlo “usados” en asignar diputados en cada circunscripción. Que no lo han sido todavía. Porque el nuevo sistema asignaría los 50 escaños que quedan a la suma de estos restos según, de nuevo, el sistema D’Hondt. Así, por ejemplo, empleando los restos no usados de todas las provincias españolas se lograría asignar diputados donde entrarían los grandes partidos (y de hecho, normalmente, en situación de preeminencia) pero también los medianos y pequeños (y éstos lo harían a vecs de manera desproporcionadamente beneficiosa a su proporción real de votos, sí, pero en una desproporción tanto más acusada cuanto más lo hubiera sido su preterición en el reparto de los primeros 50 escaños).

Estos nuevos diputados serían asignados por circunscripción a partir de criterios de población, que se derivarían del hecho tan sencillo de que fueran asignándose a los mejores restos de cada uno de los partidos a que correspondan, hasta que no queden más diputados. Así, si al PP le correspondieran, por ejemplo, 18 diputados más de los 50 que se reparten por este sistema es de prever que los primeros de estos 18 serían, a su vez, para las circunscripciones “grandes” dado que sus restos sin asignación de diputados en las mismas serán mayores que en otras. En cualquier caso, de todos modos, el empleo de este sistema asegura un reparto proporcional según población de estos diputados, dado que lo serían según los votos no empleados en el cómputo de los primeros 350 diputados. Matemáticamente sólo puede corregir los resultados que actualmente tenemos mejorando la proporcionalidad tanto entre partidos como en lo que se refiere a la asignación de diputados por territorios, cumpliendo así a la perfección el objetivo que marca el mandato constitucional del art. 68.

El modelo pretende, pues, reequilibrar en algo el sistema. Veamos qué habría pasado aplicándolo a las últimas elecciones, en las que el reparto fue:
PSOE: 164
PP: 148
IU: 5
Diversos partidos de implantación regional: 33

Tomo todos los datos a partir de los cuales hago los cálculos (que pueden contener muy ligeras desviaciones, pero que en lo sustancial dan una idea muy exacta de en qué términos irían las cosas) de aquí:
http://www.elecciones.mir.es/MIR/jsp/resultados/index.htm

Para poder distribuir los 50 escaños que van del 351 al 400 necesitamos saber cuántos votos “no han sido usados”. Esto es, la suma de los mayores restos que no han obtenido escaño de cada partido en todas las provincias. Calcularlo, en algunos casos, es fácil, ya que si el partido no ha obtenido ningún escaño todos sus votos están en este caso:

PA - 181,868
BLOC-EV - 40,759
PSM - 40,289
Ciudadanos en Blanco - 40,208
Aralar - 38,560
Los Verdes-E - 37,499
PAR - 36,540
CDS - 34,101
Els Verds-AE - 30,528
PSA - 24,127
PH - 21,758

Luego, es relativamente fácil también sacarlo con los nacionalistas con escaños pues aunque es menos cómodo y hay que haer números la cosa no tiene demasiado trabajo, ya que estas formaciones se presentan en pocas circunscripciones. Estos son sus votos “no aprovechados”:

CiU - 191,989
ERC - 176,841
PNV - 113,710
EA - 59,419
BNG - 130,077
CC - 93,310
NaBai - 30523
Cha - 53,672

Con IU lo he sacado descontando a sus votos obtenidos en total aquellos votos empleados hasta los restos sin escaño en las tres circunscripciones cdonde sacan representación (Madrid, Barcelona y Valencia), para ahorrarme muchas operaciones en el resto de provincias. Me sale una cifra de espanto, como era de prever: de sus 1.284.081 votos, 962.674 no cuentan a efectos de distribuir escaños.

Los datos más pesados de obtener son los del PP y PSOE ya que eso obliga a calcular en todas las provincias (menos en Girona y Lleida para el PP y en Ceuta y Melilla para el PSOE donde al no obtener escaño alguno todos los votos se cuentan íntegramente) el cociente d’Hondt mayor que no obtiene escaño. Pero bueno, está más o menos hecho (a expensas de que pueda haber algún error aritmético que, ya digo, no resta validez al experimento, que aspira a mostrar tendencias). Como era de prever, las cifras globales de PP y PSOE son muy semejantes (los últimos restos de cada uno de ellos en cada provincia no se van mucho, algo lógico). Las diferencias con Izquierda Unida son algo más grandes de lo que yo pensaba así, a priori, y llegan más o menos a ser un 2 a 1 a favor de los grandes partidos. Pero aún así puede constarse el reequilibrio que se va a producir en esta asignación de escaños. Éste es el ranking completo de “votos no utilizados”.

PSOE - 2,145,550
PP - 2,106,647
IU - 962,674
CiU - 191,989
PA - 181,868
ERC - 176,841
BNG - 130,077
PNV - 113,710
CC - 93,310
EA - 59,419
Cha - 53,672
BLOC-EV - 40,759
PSM - 40,289
Ciudadanos en Blanco - 40,208
Aralar - 38,560
Los Verdes-E - 37,499
PAR - 36,540
CDS - 34,101
Els Verds-AE - 30,528
NaBai - 30,523
PSA - 24,127
PH - 21,758

Sobre estos datos, sólo queda ahora distribuir 50 escaños por medio del sistema D’Hondt. Esto es lo que nos sale:

PSOE (32.6% de los votos “no utiulizados todavía para repartir escaños”): 19 nuevos diputados
PP (32.0%): 18
IU (14.6%): 8
CiU (2.9%): 1
PA (2.8%): 1
ERC (2.7%): 1
BNG (2.0%): 1
PNV (1.7%): 1
CC (1.4%): Ninguno
EA (0.9%): Ninguno
Cha (0.8%): Ninguno
Bloc (0.6%): Ninguno
PSM (0.6%): Ninguno
Ciud. en Blanco (0.6%): Ninguno
Aralar (0.6%): Ninguno
Los Verdes-EV (0.6%): Ninguno
PAR (0.6%): Ninguno
CDS (0.5%): Ninguno
Els Verds-EA (0.5%): Ninguno
NaBai (0.5%): Ninguno
PSA (0.4%): Ninguno
PH (0.3%): Ninguno

Con estos resultados el Congreso de los Diputados de esta legislatura, con 400 diputados, habría quedado como sigue:

PSOE: 183 (los 164 obtenidos con los 350 tradicionales + 19 derivados del reparto a partir de los restos)
PP: 166 (148 + 18)
IU: 13 (5 + 8)
CiU: 11 (10 + 1)
ERC: 9 (8 + 1)
PNV: 8 (7 + 1)
CC: 3 (3 + 0)
BNG: 3 (2 + 1)
PA: 1 (0 + 1)
Cha: 1 (1 + 0)
EA: 1 (1 + 0)
NaBai:1 (1 + 0)

Como puede verse, dado que los partidos mayoritarios tienen también una mayoría de “restos sin utilizar”, ellos siguen teniendo una mayoría de los escaños de estos 50 que se reparten. Pero es menos mayoría que la que obtienen con los 350 diputados clásicos. De ahí el efecto reequilibrador que se produce.

El sistema compensa de alguna manera a IU, que con casi un 5% de los votos tendría que tener 19-20 diputados con un modelo de proporcionalidad estricto. Aunque se queda en 13, es mucho más sacar 13 de 400 que simplemente 5 de 350.

Igualmente, los dos grandes partidos retroceden ligeramente. Siguen estando primados (los 183 diputados del PSOE representan 45′75% de los escaños, con sólo un 42′59% de los votos; el PP y sus 166 suponen el 41′5% de los diputados, pese a tener sólo el 37′71% de los votos), pero lo están algo menos.

Los partidos de medianos de base regional, formaciones normalmente nacionalistas, a los que el anterior sistema ni beneficia ni perjudica, ganan algunos diputados en los casos, en realidad, en que proporcionalmente les tocaría por pura proporcionalidad. Así, habiendo 50 diputados más a repartir, consiguen 1 los que están en el entorno del 2% de los votos, más o menos. A saber CiU, ERC y PNV. Adicionalmente, gana un diputado el BNG, a cuenta de sus votos que no generan diputado en dos provincias. Y aparece el Partido Andalucista, que es a escala andaluza lo que IU a escala nacional: presencia pequeña pero homogénea en las diferentes provincias andaluzas, arreglando la injusticia de que con muchos más votos que otras formaciones como la Cha, NaBai o EA no estuviera representado en el Congreso.

El sistema, como digo, me parece mucho más satisfactorio que el actual, pues mejora bastante la proporcionalidad y representatividad del mismo. Sin que se resiente, además, por ello, la gobernabilidad. La simulación lo deja bien a las claras, ya que las posibilidades de obtener una mayoría no varían demasiado respecto a la actual configuración del parlamento. Me interesa resaltar esta cuestión porque es obvio que, aunque más proporcional y por ello respetuoso con el mandato constitucional, es obvio que el gran problema que podría tener un sistama como el propuesto, como cualquier sistema de reparto más proporcional, sería la mayor dificultad para construir mayorías de gobierno. Sin embargo, dado que la política española ha demostrado que ése no es problema con la estructura de partidos que tenemos y una creciente bipolarización de la vida política que no hay visos de que disminuya (es más, parece que, antes al contrario, esta evolución se hace cada dia más exagerada), parece que los beneficios compensan sobradamente los costes posibles. Porque nada puede ser más beneficioso para una democracia que el hecho de que el parlamento refleje lo mejor posible la voluntad expresada por los ciudadanos.

Por último, hay que tener en cuenta, además, que las mayorías de gobierno pueden bastarse perfectamente con la articulación de mayorís simples amplias. No es preciso, aunque la cultura política española así lo crea, que se disponga de mayoría absoluta o de una gran comodidad para lograrla para que el país sea gobernable. La mayoría absoluta sólo es precisa para la elección en primera vuelta del Presidente del Gobierno, para ganar una moción de censura, para aprobar los presupuestos en algunos casos y para la aprobación de leyes orgánicas y estatutos de autonomía. Tampoco pasa nada porque haya ocasiones (éstas) en que lograr articularlas sea difícil y requiera de consensos amplios y en algunos casos transversales. Es más, ello puede configurar también un espacio para la mejora de la calidad de los usos de nuestra democracia que no conviene despreciar.

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Una última reflexión respecto del reparto por circunscripción de los escaños asignados por este sistema. Irían, una vez determinado a qué partido, a los restos mayores de los distintos repartos provinciales con sistema D’Hondt. Así, el de CiU sería un escaño más por Barcelona, donde tiene su resto mayor sin escaño (83.836 votos frente a una media de unos 35.000 en las otras provincias catalanas), así como el de ERC. El del PA sería por Sevilla. El del PNV por Vizcaya. El del BNG por A Coruña. Como puede verse, el sistema también contribuye al reequilibrio de la asignación de escaños en beneficio de las provincias más pobladas, a las que la norma de reparto de dos escaños de mínimo común a todas perjudica.

Respecto de los de los grandes partidos, si tomamos el caso del PSOE, el resto 17 por Madrid (el primero sin diputado) es de 90.863 votos, el 14 por Barcelona de 84.535, el 7 por Valencia de 76.729 y el 9 por Sevilla de 71.033. Además, ha de tenerse en cuenta que el 18 por Madrid es de 85.815, el 19, 81.299 y el 20, 77.234. Con esto se quiere significar que entrarían muchos diputados por Madrid y Barcelona, esencialmente, en las listas de los grandes partidos (de los 19 nuevos del PSOE, como vemos, 6 ó 7 serían por Madrid 3 ó 4 por Barcelona, entrarían seguro uno más por Valencia y otra más por Sevilla…). De nuevo, se demuestra que el mecanismo ayuda también indirectamente a compensar las desproporciones de votos necesarias para conseguir escaño en las diferentes provincias, reduciendo la desproporción que en la actualidad perjudica a los grandes núcleos de población (que seguirían infrarrepresentados, pero no tanto).

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